Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. (01112/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Castillo de Herrera I"
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

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Artículo 8.- Derechos de los/as alumnos/as-trabajadores/as (además de los de la condición de alumnos/as-trabajadores/as.
En la etapa formativa inicial los/as alumnos/as (tres primeros meses).
Los/as alumnos/as tienen derecho a:
Faltas de asistencia justificadas.
Se podrán entender como faltas de asistencia justificadas los siguientes motivos:
a) Enfermedad, visita o atención médico sanitaria.
b) Nacimiento o enfermedad grave de un hijo.
c) Enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 2.ª grado de consanguinidad o afinidad.
d) Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal.
e) Traslado del domicilio habitual.
f) Concurrencia a exámenes para obtención del título académico o profesional.
Salvo en los supuestos de enfermedad, nacimiento o fallecimiento, la persona participante deberá comunicar previamente
la falta de asistencia.
Deberes y responsabilidades. Prohibiciones de los/as alumnos/as (además de los de la condición de alumnos/astrabajadores/as:
Faltas de asistencia no justificadas.
Se considerará falta de asistencia no justificada todo retraso o ausencia, que exceda de 20 minutos, en el transcurso de la
jornada lectiva, y no esté debidamente justificado.
El hecho de incurrir la persona participante en tres faltas de asistencia no justificadas en un mismo mes o cinco días en la
totalidad de la etapa formativa inicial supondrá la exclusión automática de la persona participante, teniendo tres días
hábiles de plazo para la justificación de la ausencia ante el centro o entidad de formación.
Para el cómputo de ausencias no justificadas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Las faltas se entienden por meses de la etapa formativa inicial desde la fecha de inicio del proyecto, siendo los períodos a
computar los siguientes:
- Del 16 de diciembre al 15 de enero.
- De 16 de enero al 15 de febrero.
- Del 16 de febrero al 15 de marzo.
En la 2.ª etapa de formación en alternancia con el trabajo los/as alumnos/as-trabajadores/as (nueve últimos meses):
Los alumnos/as-trabajadores/as tienen derecho a:
a) Recibir una formación teórica y práctica que les capacite en el conocimiento de un oficio para su futura
inserción laboral, conforme a los objetivos del programa/proyecto y a las necesidades y posibilidad personal
de cada uno.
b) Respeto a su intimidad y protección frente a ofensas verbales o físicas, incluidas las de naturaleza sexual.
c) Respeto a su conciencia cívica y moral.
d) Respeto a su dignidad personal.
e) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo, ideas religiosas o políticas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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