Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. (01112/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Castillo de Herrera I"
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Herrera del Duque
Herrera del Duque (Badajoz)
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Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Castillo de Herrera I"

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Castillo de
Herrera l", cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA ESCALA "CASTILLO DE HERRERA I"
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desarrollo y desempeño cotidiano de los programas/proyectos de empleo y formación, regulando su ordenación técnica y
organización y constituyendo sus normas de funcionamiento y coordinación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la
normativa específica que regule el programa/proyecto concreto, el estatuto de los trabajadores y demás legislación que
resulte de aplicación.
El proyecto consta de dos etapas:
Una primera etapa de carácter formativo de iniciación y otra etapa de formación en alternancia con el trabajo. La duración
de la primera etapa será de tres meses, mientras que la segunda etapa tendrá una duración de nueve meses.
Durante la etapa formativa inicial, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca por la asistencia al proyecto a razón de
13,50 euros por día lectivo y alumno/a.
Una segunda etapa de formación en alternancia con el empleo.
Podrán acceder a esta etapa del proyecto el alumnado que figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa
tendrá derecho a acceder a la segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo siempre que haya superado la
evaluación, al menos, de los módulos formativos cursados en esta etapa. Y figure de alta en el proyecto el último día de la
primera etapa (etapa formativa inicial), que haya superado la evaluación de cada uno de los módulos formativos completos
cursados en la etapa formativa inicial, cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un
contrato de formación en alternancia con el empleo.
No padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto, ni
cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de las actividades propias de la
ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.
TÍTULO PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
Las normas del presente Reglamento son de orden interno y serán de aplicación a los alumnos en una etapa formativa
inicial los tres primeros meses del programa y a los alumnos-trabajadores, en una segunda etapa de formación en
alternancia con el empleo, los últimos nueve meses del programa ESCALA "Castillo de Herrera I", cuya entidad promotora es
el Ayuntamiento de Herrera del Duque, con las condiciones de entidad promotora y contratante, y durante el tiempo que
estos estén contratados al amparo del programa.
Artículo 2.- Organización general.
La organización general del programa/proyecto corresponderá a dos niveles:
- Nivel institucional. La máxima responsabilidad institucional del programa/proyecto corresponderá al
Ayuntamiento de Herrera del Duque, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el
Servicio Extremeño Público de Empleo (en adelante SEXPE) o, en su caso, con la correspondiente entidad
gestora de la subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, en los términos que
marca la legislación y la normativa vigente establecida al efecto.
- Nivel interno. La organización interna del programa se asentará en su equipo directivo-docente, entendido
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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