Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. (01112/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Castillo de Herrera I"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Herrera del Duque
Anuncio 1112/2025
disfrute del permiso.
Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora: Las faltas de
asistencia de las trabajadoras víctimas de violencias de género, totales o parciales,
tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo
determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda.
Asimismo, las trabajadoras víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectiva su
protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de
la jornada con disminución proporcional de la retribución, o la reordenación del tiempo
de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o
de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los
términos que para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en
cada caso.
Por razones de matrimonio o pareja de hecho, en cuyo caso se acreditará a través de su
inscripción en el registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de
Extremadura o equivalente, se tendrá derecho a una licencia retribuida de quince días
naturales, pudiendo ser inmediatamente anteriores o posteriores, en todo o en parte, al
día en que se celebre el matrimonio o se produzca la inscripción. Condicionado a las
necesidades del proyecto, se podrá acumular el periodo vacacional no disfrutado a la
licencia por razón de matrimonio o pareja de hecho.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a sepa con antelación que va a faltar, deberá ponerlo en
conocimiento del equipo del programa/proyecto, además de aportar el justificante correspondiente.
3.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
4.- La entrega de justificante se hará a la mayor brevedad posible. En todo caso se establecerá un margen de
tres días para dicha entrega.
5.- Todo el personal del proyecto está obligado a ser puntual.
6.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo directivo-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
7.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO QUINTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del proyecto a la hora de manejar los
diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la su pensión de empleo y sueldo o la expulsión
del programa/proyecto, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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disfrute del permiso.
Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora: Las faltas de
asistencia de las trabajadoras víctimas de violencias de género, totales o parciales,
tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo
determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda.
Asimismo, las trabajadoras víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectiva su
protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de
la jornada con disminución proporcional de la retribución, o la reordenación del tiempo
de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o
de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los
términos que para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en
cada caso.
Por razones de matrimonio o pareja de hecho, en cuyo caso se acreditará a través de su
inscripción en el registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de
Extremadura o equivalente, se tendrá derecho a una licencia retribuida de quince días
naturales, pudiendo ser inmediatamente anteriores o posteriores, en todo o en parte, al
día en que se celebre el matrimonio o se produzca la inscripción. Condicionado a las
necesidades del proyecto, se podrá acumular el periodo vacacional no disfrutado a la
licencia por razón de matrimonio o pareja de hecho.
Artículo 15.- Normas generales.
1.- Toda ausencia al proyecto deberá ser justificada documentalmente.
2.- En el caso de que el alumno/a-trabajador/a sepa con antelación que va a faltar, deberá ponerlo en
conocimiento del equipo del programa/proyecto, además de aportar el justificante correspondiente.
3.- Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado
y, sin embargo, se produzca retraso injustificado en su incorporación a las actividades del proyecto, podrá ser
motivo de sanción.
4.- La entrega de justificante se hará a la mayor brevedad posible. En todo caso se establecerá un margen de
tres días para dicha entrega.
5.- Todo el personal del proyecto está obligado a ser puntual.
6.- El silencio en horas de clase, junto con la limpieza y la conservación de espacio y materiales son
inexcusables en un centro de enseñanza o de trabajo. El alumnado-trabajador y el equipo directivo-docente
velarán, por el buen uso de aulas, instalaciones y material didáctico.
7.- Se considerarán faltas las cometidas dentro del centro formativo, en los entornos de trabajo o en cualquier
otra actividad organizada por el programa/proyecto.
TÍTULO QUINTO: NORMAS DE SEGURIDAD
Artículo 16.- Seguridad laboral.
Para garantizar la seguridad y salud de los alumnos/trabajadores y del personal del proyecto a la hora de manejar los
diferentes equipos y máquinas de su taller, deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Está absolutamente prohibido el consumo de drogas ilegales y alcohol durante la jornada de trabajo, tenga
lugar o no en el recinto laboral. El consumo de dichas sustancias puede alterar a nivel cognitivo, emocional y
conductual y por lo tanto afectar a la ejecución de las tareas en condiciones de seguridad. La inobservancia de
este aspecto incurre en falta muy grave y conllevará o bien la su pensión de empleo y sueldo o la expulsión
del programa/proyecto, según se determine.
b) Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo: Tomar ciertos medicamentos por prescripción facultativa)
los alumnos no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al docente y presentar el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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