Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (01055/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la concesión de ayudas para suministros de mínimos vitales 2025
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 1055/2025
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para la concesión de ayudas para
suministros de mínimos vitales 2025

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL CERRO PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS PARA SUMINISTROS DE MÍNIMOS VITALES 2025
Se hace público para general conocimiento, a los efectos de lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de marzo de
2025, se han aprobado las bases específicas reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas para suministros
mínimos vitales del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro para el año 2025, cuyo contenido es el que se transcribe.
Asimismo, las mismas se encuentran a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE BURGUILLOS DEL CERRO PARA LA CONCESIÓN DE
AYUDAS PARA SUMINISTROS DE MÍNIMOS VITALES 2025
Base primera.- Objeto de la convocatoria.
Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento
de Burguillos del Cerro para el año 2025, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la
autonomía municipal de Extremadura (artículo 46), el acuerdo, de 4 de marzo de 2025 del Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, por la que se aprueba el programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales
2025 y por lo recogido en estas bases.
En estas bases se establecen los plazos de presentación de solicitudes y de facturas para su abono con cargo a estas ayudas
desde el día siguiente a su publicación en el BOP hasta el 31 de diciembre de 2025 (ambos inclusive).
Base segunda.- Requisitos de los/as beneficiarios/as de las ayudas y cómputo de ingresos.
1. De conformidad con lo dispuesto en la publicación del DOE del jueves 20 de marzo de 2025, del acuerdo, de 4 de marzo
de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por la que se aprueba el programa de colaboración
económica municipal para suministros mínimos vitales 2025, serán beneficiarios de las ayudas para suministros mínimos
vitales las unidades de convivencia, independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de parentesco, que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén
emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan
legal y efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguna de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad
de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito
de antigüedad no será exigible a los/as emigrantes extremeños/as retornados/as, a transeúntes, a
extranjeros/as refugiados/as o con solicitud de asilo en trámite, así como a quienes tengan autorizada su
estancia por razones humanitarias, a las personas a las que se les haya reconocido la protección temporal
conforme al procedimiento establecido en la Orden PCM 169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el
procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de
Ucrania o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia de
la unidad de convivencia y así se haya acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
c) Estar residiendo la unidad de convivencia en el municipio de Burguillos del Cerro a fecha de presentación
de la solicitud.
d) Carecer de rentas o ingresos suficientes. Se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables
de la unidad de convivencia obtenidos en los tres meses anteriores al de la fecha de presentación de la
solicitud de la ayuda para suministros mínimos vitales y, se dividirá por tres, considerándose que existen
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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