Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01027/2025)
Aprobación de las bases y convocatoria para cubrir la plaza de Terapeuta Ocupacional en régimen de personal laboral temporal, por el sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

Anuncio 1027/2025

Cargo:

Identidad:

Presidente

Antonia Pilar Rubio Benítez

Suplente

Lorena García Camacho

Vocal

María del Carmen Medina Vera

Suplente

Victoria Fabián Álvarez

Vocal

José Julio Jurado Morgadez

Suplente

Javier Prieto Camacho

Secretario

Ricardo Emilio Prieto

Suplente

Evaristo González Risco

Artículo 9.- Incidencias.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver la cuestiones e incidencias que puedan
suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido
orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.»
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es] y, en el tablón de anuncios, para
mayor difusión.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante
Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
pertinente.
Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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