Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (00953/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna cruzada, del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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b) Secretario: Designado por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de categoría igual
o superior a la de las plazas convocadas.
c) Vocales: Tres designados por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de categoría
igual o superior a la de las plazas convocadas, designadas por el órgano convocante.
5.2.- El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de
aplicación las mismas prescripciones.
5.3.- El Presidente del Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las
pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que
puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.4.- Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad, al menos, de sus
miembros, y en todo caso, la del Presidente y Secretario, o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo o hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpo o escala análogos a los
que correspondan a las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos
algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6.- El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
6.- Sistema selectivo.
6.1.- Fase de oposición: (Hasta un máximo de 10 puntos).
La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema concurso oposición (promoción
interna cruzada). Constando del siguiente ejercicio:
- Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas (más 5 preguntas de
reserva), sobre el temario especificado en el anexo I, cada pregunta tendrá un
valor de 0.20, la duración del ejercicio será de un tiempo máximo de 60 minutos.
- Las preguntas de reserva solo serán tenidas en cuenta en caso de anulación
invalidación de alguna de las principales y siempre manteniendo el orden de las
mismas. En caso de que una de las respuestas contenga más de una de las
alternativas ofrecidas, se considerará nula y será considerada como no
contestada.
6.1.1.- Será necesario obtener una puntuación superior a 5 para poder superar este proceso
selectivo.
6.1.2.- La calificación total se obtendrá de los resultados del ejercicio, hasta un máximo de 10
puntos.
6.1.3.- Los aspirantes serán convocados para dicho ejercicio en llamamiento único, quedando
decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo salvo los casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse
una convocatoria extraordinaria.
6.1.4.- En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su
identidad.
6.1.5.- Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes,
en la medida de lo posible, a través de los medios adecuados para ello.
6.1.6.- La publicación de la lista de aprobados y los anuncios de celebración de los ejercicios se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) Secretario: Designado por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de categoría igual
o superior a la de las plazas convocadas.
c) Vocales: Tres designados por la Excma. Diputación de Badajoz, Área de Recursos Humanos, de categoría
igual o superior a la de las plazas convocadas, designadas por el órgano convocante.
5.2.- El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les serán de
aplicación las mismas prescripciones.
5.3.- El Presidente del Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las
pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que
puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.4.- Para la válida constitución del Tribunal será necesaria la presencia de la mitad, al menos, de sus
miembros, y en todo caso, la del Presidente y Secretario, o la de quienes legalmente les sustituyan.
5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo o hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a cuerpo o escala análogos a los
que correspondan a las plazas convocadas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos
algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.6.- El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
6.- Sistema selectivo.
6.1.- Fase de oposición: (Hasta un máximo de 10 puntos).
La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema concurso oposición (promoción
interna cruzada). Constando del siguiente ejercicio:
- Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas (más 5 preguntas de
reserva), sobre el temario especificado en el anexo I, cada pregunta tendrá un
valor de 0.20, la duración del ejercicio será de un tiempo máximo de 60 minutos.
- Las preguntas de reserva solo serán tenidas en cuenta en caso de anulación
invalidación de alguna de las principales y siempre manteniendo el orden de las
mismas. En caso de que una de las respuestas contenga más de una de las
alternativas ofrecidas, se considerará nula y será considerada como no
contestada.
6.1.1.- Será necesario obtener una puntuación superior a 5 para poder superar este proceso
selectivo.
6.1.2.- La calificación total se obtendrá de los resultados del ejercicio, hasta un máximo de 10
puntos.
6.1.3.- Los aspirantes serán convocados para dicho ejercicio en llamamiento único, quedando
decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo salvo los casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse
una convocatoria extraordinaria.
6.1.4.- En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su
identidad.
6.1.5.- Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos el anonimato de los aspirantes,
en la medida de lo posible, a través de los medios adecuados para ello.
6.1.6.- La publicación de la lista de aprobados y los anuncios de celebración de los ejercicios se
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