Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa. (00958/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de ayudas para el fomento de la natalidad
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Ayuntamiento de Granja de Torrehermosa

Anuncio 958/2025

régimen jurídico de reintegro de las subvenciones será el establecido en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y correspondientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 6. Responsabilidades.
Cualquier falsedad que se detecte dará lugar al no reconocimiento de la ayuda o, caso de haberla percibido ya, a la
devolución de la misma con los intereses legales correspondientes, independientemente de las responsabilidades
administrativas, civiles o penales que se pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
Artículo 7. Compatibilidades.
Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los organismos oficiales del Estado, de la
Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
Artículo 8. Régimen jurídico.
La normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo no previsto en la misma, se
tendrá presente la normativa administrativa reguladora de régimen local, en su defecto, de carácter general.
Disposición adicional.
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones que tengan lugar a partir del
uno de enero de 2019.
Disposición final.
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Granja de
Torrehermosa en sesión celebrada en fecha 27 de septiembre de 2021, entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro
en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por
remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresa."
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Badajoz, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Granja de Torrehermosa, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, M.ª Mercedes Moruno Martos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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