Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00929/2025)
Consulta pública previa a la elaboración de un nuevo reglamento que regule el servicio municipal del mercado de abastos minorista de Villanueva de la Serena
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 929/2025
aplicación a las personas usuarias y destinatarias de las actividades que se ubiquen en el mercado de abastos.
Los objetivos del reglamento.
El nuevo reglamento tiene por objeto la regulación, dentro del ámbito de las competencias atribuidas al Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, de las actuaciones necesarias para definir los derechos y deberes de las personas adjudicatarias del
mercado municipal, así como el funcionamiento interno del propio mercado.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena podría dar respuesta a las necesidades descritas optando por cualquiera de las
siguientes alternativas:
1. Continuar con normativa municipal reguladora del servicio municipal de mercado de abastos anterior. Esta
opción se considera inadecuada, ya que se privaría a la ciudadanía de un instrumento normativo adecuado a
la nueva realidad existente, ajustando el funcionamiento del mercado y su régimen administrativo a las
nuevas instalaciones.
2. Elaborar un nuevo reglamento municipal. Se considera la opción más adecuada, por los motivos y
problemas ya expuestos, que se pretenden solventar con esta iniciativa, a los cuales nos remitimos, a fin de
evitar repeticiones innecesarias.
Los ciudadanos/as y organizaciones que se consideren afectados potencialmente por el reglamento, podrán hacer llegar sus
opiniones sobre las condiciones referidas anteriormente, en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de
esta consulta en el Boletín Oficial de la Provincia, a través del correo electrónico comercio@villanuevadelaserena.es y/o
registro general o de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Villanueva de la Serena, a la fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Ana Belén Fernández González.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aplicación a las personas usuarias y destinatarias de las actividades que se ubiquen en el mercado de abastos.
Los objetivos del reglamento.
El nuevo reglamento tiene por objeto la regulación, dentro del ámbito de las competencias atribuidas al Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, de las actuaciones necesarias para definir los derechos y deberes de las personas adjudicatarias del
mercado municipal, así como el funcionamiento interno del propio mercado.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena podría dar respuesta a las necesidades descritas optando por cualquiera de las
siguientes alternativas:
1. Continuar con normativa municipal reguladora del servicio municipal de mercado de abastos anterior. Esta
opción se considera inadecuada, ya que se privaría a la ciudadanía de un instrumento normativo adecuado a
la nueva realidad existente, ajustando el funcionamiento del mercado y su régimen administrativo a las
nuevas instalaciones.
2. Elaborar un nuevo reglamento municipal. Se considera la opción más adecuada, por los motivos y
problemas ya expuestos, que se pretenden solventar con esta iniciativa, a los cuales nos remitimos, a fin de
evitar repeticiones innecesarias.
Los ciudadanos/as y organizaciones que se consideren afectados potencialmente por el reglamento, podrán hacer llegar sus
opiniones sobre las condiciones referidas anteriormente, en un plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de
esta consulta en el Boletín Oficial de la Provincia, a través del correo electrónico comercio@villanuevadelaserena.es y/o
registro general o de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
Villanueva de la Serena, a la fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Ana Belén Fernández González.
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