Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuentes de León. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00951/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el Programa ESCALA "Santa Ana" de Fuentes de León
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Ayuntamiento de Fuentes de León
Anuncio 951/2025
asunto.
Se somete el punto a votación, resultando aprobado por unanimidad, con el voto a favor de todos los
miembros asistentes.»
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA EL PROGRAMA ESCALA "SANTA ANA" FUENTES DE LEÓN
"ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES"
Contenido
I. Preámbulo. Disposiciones generales.
II. Fundamentación y principios básicos.
III. Organización general.
IV. Organización operativa.
IV. Condiciones laborales.
PREÁMBULO. DISPOSICIONES GENERALES
El Reglamento de régimen interno del Programa ESCALA "Santa Ana" del Ayuntamiento de Fuentes de León, define sus
finalidades y objetivos; marca la organización general por la que se rige el centro, regula las relaciones profesionales entre
sus miembros y, además, contiene las normas generales de funcionamiento y de convivencia del colectivo de personas, que
componen el Programa.
El Programa de formación y empleo ESCALA, es un centro de formación y empleo dependiente del Ayuntamiento Fuentes de
León, como entidad promotora, y del SEXPE.
Las funciones de los órganos y responsables internos, se ejercen sin perjuicio de la superior decisión del Ayuntamiento de
Fuentes de León, como entidad promotora de la institución, y de las normas exigidas por el SEXPE.
Se desarrolla en las aulas de formación, ubicadas en la carretera de Cañaveral, s/n, en Fuentes de León (Badajoz).
Si alguna de las normas recogidas en este Reglamento con mención expresa a las de carácter laboral, lesionara gravemente
los derechos de los trabajadores del Programa y entrase en contradicción con la legislación laboral vigente, se atenderá a lo
dispuesto en esta última.
Tanto el equipo directivo, técnico y docente como el alumnado del Programa, asumirá, además de los derechos y deberes
recogidos en este Reglamento, los específicos de su contrato y los generales que se reconocen en el Estatuto de los
Trabajadores, de la normativa laboral vigente.
Su ámbito de aplicación se extiende desde el mismo día de su publicación íntegra en el BOP de Badajoz y hasta el día
22/12/2025, a todo el personal del Programa, y para cada una de las actividades, talleres, acciones formativas y actos que se
desarrollen.
Permaneciendo expuesto en el tablón de anuncios del Programa para su general conocimiento y, en particular, del personal
del mismo.
II. FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS BÁSICOS
Artículo 1:
El marco legal de referencia para definir los objetivos del Programa ESCALA se centra en:
Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones
destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria a las entidades
promotoras de los proyectos.
Orden de 23 de junio de 2016, por la que se regula el funcionamiento del sistema de expertos para la ejecución de
programas de formación profesional.
Artículo 2:
Los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA tienen carácter temporal, en los que el aprendizaje y la
cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades de utilidad pública o social, junto con el acompañamiento
y tutorización profesional, que permita la inserción, a través de la profesionalización y adquisición de experiencia, de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se somete el punto a votación, resultando aprobado por unanimidad, con el voto a favor de todos los
miembros asistentes.»
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"ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES"
Contenido
I. Preámbulo. Disposiciones generales.
II. Fundamentación y principios básicos.
III. Organización general.
IV. Organización operativa.
IV. Condiciones laborales.
PREÁMBULO. DISPOSICIONES GENERALES
El Reglamento de régimen interno del Programa ESCALA "Santa Ana" del Ayuntamiento de Fuentes de León, define sus
finalidades y objetivos; marca la organización general por la que se rige el centro, regula las relaciones profesionales entre
sus miembros y, además, contiene las normas generales de funcionamiento y de convivencia del colectivo de personas, que
componen el Programa.
El Programa de formación y empleo ESCALA, es un centro de formación y empleo dependiente del Ayuntamiento Fuentes de
León, como entidad promotora, y del SEXPE.
Las funciones de los órganos y responsables internos, se ejercen sin perjuicio de la superior decisión del Ayuntamiento de
Fuentes de León, como entidad promotora de la institución, y de las normas exigidas por el SEXPE.
Se desarrolla en las aulas de formación, ubicadas en la carretera de Cañaveral, s/n, en Fuentes de León (Badajoz).
Si alguna de las normas recogidas en este Reglamento con mención expresa a las de carácter laboral, lesionara gravemente
los derechos de los trabajadores del Programa y entrase en contradicción con la legislación laboral vigente, se atenderá a lo
dispuesto en esta última.
Tanto el equipo directivo, técnico y docente como el alumnado del Programa, asumirá, además de los derechos y deberes
recogidos en este Reglamento, los específicos de su contrato y los generales que se reconocen en el Estatuto de los
Trabajadores, de la normativa laboral vigente.
Su ámbito de aplicación se extiende desde el mismo día de su publicación íntegra en el BOP de Badajoz y hasta el día
22/12/2025, a todo el personal del Programa, y para cada una de las actividades, talleres, acciones formativas y actos que se
desarrollen.
Permaneciendo expuesto en el tablón de anuncios del Programa para su general conocimiento y, en particular, del personal
del mismo.
II. FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS BÁSICOS
Artículo 1:
El marco legal de referencia para definir los objetivos del Programa ESCALA se centra en:
Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones
destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria a las entidades
promotoras de los proyectos.
Orden de 23 de junio de 2016, por la que se regula el funcionamiento del sistema de expertos para la ejecución de
programas de formación profesional.
Artículo 2:
Los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA tienen carácter temporal, en los que el aprendizaje y la
cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades de utilidad pública o social, junto con el acompañamiento
y tutorización profesional, que permita la inserción, a través de la profesionalización y adquisición de experiencia, de las
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