Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00805/2025)
Bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual durante el año 2025
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Área de Igualdad

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destinada.
Base 13.- Indicadores de resultados y de actividades.
Se considerarán, en cumplimiento de lo dispuesto en el plan estratégico anual de subvenciones, los siguientes indicadores
de resultados, que deberán incluirse en la memoria final que se ha de presentar con la justificación técnica a la que se
refiere la base 11, mediante el anexo V:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
Número de personas beneficiarias del proyecto, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
Base 14. Control, reintegro y sanciones.
a) Para las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones, las presentes bases se regirán por la
Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/06, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.
b) Los posibles incumplimientos derivados del deber de justificación y obligaciones del beneficiario darán
lugar a la tramitación de los correspondientes expedientes de reintegro, de acuerdo con la siguiente
graduación de los mismos:
Respecto del cumplimiento del deber de la justificación:

1.- No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: Reintegro
total.
2.- Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro
del mismo.
Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no
utilización de modelos normalizados, no presentación de indicadores (base 13) de la
memoria final o ausencia de alguna firma preceptiva y no presentación de la carta de
pago: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
No cumplir con el compromiso de financiación propia tenido en cuenta en el proceso de
valoración: Reintegro de lo comprometido, calculado proporcionalmente respecto del
coste total del proyecto o actividad subvencionada.

Respecto del cumplimiento de otras obligaciones:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad:
Reintegro parcial, en su caso, motivado por el centro gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen
corporativa, documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del
plazo máximo para realizar el mismo: Reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro parcial del 5% del importe de
la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la ley General de Subvenciones posibilita al beneficiario a devolver
con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya sea el importe total
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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