Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00805/2025)
Bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual durante el año 2025
37 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Igualdad
Anuncio 805/2025
Manual de identidad corporativa Diputación de Badajoz.
Los logotipos editables en formato .SVG y .PNG se encuentran igualmente disponibles en el siguiente enlace:
Logos editables Diputación de Badajoz.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación MERCURIO para su
aportación. No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En el caso de que la entidad beneficiaria desarrolle recursos como fin del proyecto subvencionado, harán
llegar al Servicio de Igualdad de Diputación de Badajoz 2 ejemplares de dichos recursos (guías, material
didáctico, material audiovisual, libros...etc) preferentemente en formato digital si fuera posible o en su caso
formato analógico para fondo documental.
f) Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión al proyecto subvencionado de otras subvenciones por
parte de cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas se supere el coste total del
proyecto, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
g) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la
subvención concedida.
h) Comunicar a la Diputación de Badajoz a través del correo oficinaigualdad@dip-badajoz.es cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
i) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las
propuestas subvencionadas como mecanismo de sensibilización y educación para la igualdad de
oportunidades y diversidad sexual.
j) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de las obligaciones anteriores se tendrá en cuenta a la hora de valorar la
capacidad técnica de la entidad solicitante en la presente y futuras convocatoria, y dará lugar a los
correspondientes requerimientos y, en su caso, al inicio de expedientes de reintegro.
Base 11. Ejecución, justificación y prórroga de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de ejecución. De acuerdo con lo establecido en la base 5, el periodo de ejecución de todas las
actividades subvencionadas será desde el 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2025.
B. Plazo de justificación y pago de las actuaciones. El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de marzo de 2026. Por tanto, la no presentación de la
cuenta justificativa e informe técnico en el plazo mencionado traerá como consecuencias, la imposibilidad de
concurrir en la convocatoria siguiente y las relativas al posible reintegro de la subvención, o a la
determinación de las sanciones que se prevén en la normativa sobre subvenciones y en estas bases.
C. Forma de remisión de la justificación. El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos
mediante su presentación a través de la sede electrónica ubicada en la página principal de Diputación de
Badajoz, https://sede.dip-badajoz.es.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención
estarán disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en su página principal en la
siguiente dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el caso de que la entidad beneficiaria desarrolle recursos como fin del proyecto subvencionado, harán
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didáctico, material audiovisual, libros...etc) preferentemente en formato digital si fuera posible o en su caso
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f) Comunicar a la Diputación de Badajoz la concesión al proyecto subvencionado de otras subvenciones por
parte de cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas se supere el coste total del
proyecto, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
g) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la
subvención concedida.
h) Comunicar a la Diputación de Badajoz a través del correo oficinaigualdad@dip-badajoz.es cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
i) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las
propuestas subvencionadas como mecanismo de sensibilización y educación para la igualdad de
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j) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de las obligaciones anteriores se tendrá en cuenta a la hora de valorar la
capacidad técnica de la entidad solicitante en la presente y futuras convocatoria, y dará lugar a los
correspondientes requerimientos y, en su caso, al inicio de expedientes de reintegro.
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la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de ejecución. De acuerdo con lo establecido en la base 5, el periodo de ejecución de todas las
actividades subvencionadas será desde el 1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2025.
B. Plazo de justificación y pago de las actuaciones. El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de marzo de 2026. Por tanto, la no presentación de la
cuenta justificativa e informe técnico en el plazo mencionado traerá como consecuencias, la imposibilidad de
concurrir en la convocatoria siguiente y las relativas al posible reintegro de la subvención, o a la
determinación de las sanciones que se prevén en la normativa sobre subvenciones y en estas bases.
C. Forma de remisión de la justificación. El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos
mediante su presentación a través de la sede electrónica ubicada en la página principal de Diputación de
Badajoz, https://sede.dip-badajoz.es.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención
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