Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00871/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades deportivas para el fomento de la actividad física y deportiva en Ribera del Fresno para el ejercicio 2025
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 871/2025

3.3. Las subvenciones están afectas al cumplimiento de la finalidad de interés general a la que se condiciona su
otorgamiento, y tienen carácter no devolutivo, sin perjuicio del reintegro inherente al incumplimiento de las condiciones y
cargas impuestas en el acto de concesión.
3.4. La concesión se efectuará de acuerdo con los criterios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas.
3.5. El importe destinado a cada entidad deportiva solicitante en ningún caso superará los 10.000,00 €.
Cuarta.- Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por sus propias bases y las siguientes normas que le son de aplicación:
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley General
de Subvenciones.
- La Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Régimen Local.
- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
reguladora de Haciendas Locales.
- La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en cuanto al procedimiento de reintegro de
subvenciones.
- Las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para cada ejercicio.
Quinta.- Gastos subvencionables.
Para la determinación de los gastos subvencionables, se estará a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de
Subvenciones. El Ayuntamiento podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionables, utilizando los criterios
señalados en el artículo 33 de la Ley General de Subvenciones.
Entre otros, la subvención recibida deberá destinarse a los gastos de las siguientes partidas imputables al año 2025:
- Gastos de personal.
- Gastos de inscripciones a campeonatos/torneos y federaciones.
- Gastos en instalaciones.
- Gastos en material deportivo.
- Gastos en desplazamientos.
Con las limitaciones que en cada caso se interpreten, cuando se trate de actividades deportivas.
Estas subvenciones o ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, pero, en ningún caso los
importes subvencionados podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras administraciones
públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad subvencionada a
desarrollar para el beneficiario.
Sexta.- Requisitos de las entidades beneficiarias.
Las ayudas se asignarán a los clubes o asociaciones deportivas que:
1. Tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar.
2. Tengan el domicilio fiscal en Ribera del Fresno.
3. Sean una entidad sin ánimo de lucro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 16