Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00760/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para contrataciones temporales de personal laboral de Auxiliar de Turismo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
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perjuicio de las responsabilidades en que haya incurrido por falsedad en su solicitud inicial.
La resolución de contratación será efectuada por decreto de Alcaldía.
Decimotercera.- Protección de datos.
De acuerdo con la normativa vigente en materia de datos personales, se informa de que los datos personales serán tratados
por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, con la única finalidad de tramitar su participación en esta convocatoria. El
tratamiento de los datos está legitimado por la legislación administrativa vigente en cada momento, así como por el
consentimiento que el interesado presta mediante su firma. Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo
permita o lo exija expresamente.
Si lo desea puede acceder a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, rectificación, oposición o cancelación,
dirigiendo una comunicación escrita a esta administración, plaza de la Alcazaba, s/n, 06380-Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Decimocuarta.- Legislación aplicable.
La convocatoria se rige por las presentes bases y por la siguiente normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, y Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Decimoquinta.- Impugnación.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán
ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contado desde el día siguiente a la citada publicación.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en
otra provincia, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse
cualquier otro recurso que se estime pertinente".
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raúl Gordillo Barroso.
_______________
ANEXO I
SOLICITUD DEL INTERESADO
Don/doña ___________________________________________, mayor de edad, con DNI: ____________________, y domicilio en calle
____________________________, de ________________________________________, código postal ______________________, teléfono de
contacto ______________________, y correo electrónico ____________________, por la presente.
EXPONE:
Que está interesado en participar en el proceso de selección para la bolsa de trabajo de Auxiliar de Turismo de la Oficina de
Turismo del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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perjuicio de las responsabilidades en que haya incurrido por falsedad en su solicitud inicial.
La resolución de contratación será efectuada por decreto de Alcaldía.
Decimotercera.- Protección de datos.
De acuerdo con la normativa vigente en materia de datos personales, se informa de que los datos personales serán tratados
por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, con la única finalidad de tramitar su participación en esta convocatoria. El
tratamiento de los datos está legitimado por la legislación administrativa vigente en cada momento, así como por el
consentimiento que el interesado presta mediante su firma. Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo
permita o lo exija expresamente.
Si lo desea puede acceder a los datos facilitados, así como de solicitar, en su caso, rectificación, oposición o cancelación,
dirigiendo una comunicación escrita a esta administración, plaza de la Alcazaba, s/n, 06380-Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Decimocuarta.- Legislación aplicable.
La convocatoria se rige por las presentes bases y por la siguiente normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, y Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Decimoquinta.- Impugnación.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán
ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contado desde el día siguiente a la citada publicación.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en
otra provincia, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer
el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse
cualquier otro recurso que se estime pertinente".
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Jerez de los Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raúl Gordillo Barroso.
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ANEXO I
SOLICITUD DEL INTERESADO
Don/doña ___________________________________________, mayor de edad, con DNI: ____________________, y domicilio en calle
____________________________, de ________________________________________, código postal ______________________, teléfono de
contacto ______________________, y correo electrónico ____________________, por la presente.
EXPONE:
Que está interesado en participar en el proceso de selección para la bolsa de trabajo de Auxiliar de Turismo de la Oficina de
Turismo del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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