Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00751/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA Fregenal
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 751/2025
programa que participan en el programa de formación y empleo ESCALA sin perjuicio de lo establecido en la normativa
específica que regula el programa, el estatuto de los trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad
promotora y demás legislación aplicable.
Artículo 1.- Introducción.
El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal del programa de formación y empleo ESCALA estableciendo las
normas de funcionamiento y coordinación.
El personal técnico que presta sus servicios en el programa ESCALA y que constituye el equipo técnico se clasifica de la
siguiente forma y desarrollará las siguientes funciones:
a.- Director/a Gestor/a.
Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del
correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del desempeño
profesional.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: previsión, elaboración, y
control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las actividades, así como
de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos de gastos subvencionables, cuantía de la
subvención, pago de las subvenciones y justificación de la subvención.
Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo laborales de
la plantilla, el control de los procesos de elaboración de nóminas y documentación derivada.
Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del
proyecto.
Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los módulos
complementarios.
Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y personal a
través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de resolución de conflictos, para
conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanza-aprendizaje, trabajando en un entorno
cooperativo y colaborativo.
Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al mercado laboral
incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de la búsqueda de
empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: Asesoramiento en la
previsión y elaboración del presupuesto; ejecución del presupuesto, especialmente en los conceptos
de gastos subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y justificación de la
subvención, así como de la documentación administrativa y contable que se deriven.
La elaboración, o en su caso el control, de los contratos laborales, nóminas y cotizaciones a la
Tesorería General de la Seguridad Social.
Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del
alumnado trabajador incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de
la búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores.
b.- Coordinador de Formación- Técnico/a Tutor/a Acompañamiento:
Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento y
evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado trabajador
en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una gestión conjunta y unificada, y en particular
según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de
profesionalidad dictados en su aplicación.
Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de los
objetivos.
Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
Establecer un plan individualizado para el alumnado trabajador que no haya alcanzado los objetivos
de la Educación Secundaria Obligatoria, que le permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus
estudios en las distintas enseñanzas reguladas en la normativa educativa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 12
Anuncio 751/2025
programa que participan en el programa de formación y empleo ESCALA sin perjuicio de lo establecido en la normativa
específica que regula el programa, el estatuto de los trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad
promotora y demás legislación aplicable.
Artículo 1.- Introducción.
El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal del programa de formación y empleo ESCALA estableciendo las
normas de funcionamiento y coordinación.
El personal técnico que presta sus servicios en el programa ESCALA y que constituye el equipo técnico se clasifica de la
siguiente forma y desarrollará las siguientes funciones:
a.- Director/a Gestor/a.
Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del
correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del desempeño
profesional.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: previsión, elaboración, y
control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las actividades, así como
de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos de gastos subvencionables, cuantía de la
subvención, pago de las subvenciones y justificación de la subvención.
Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo laborales de
la plantilla, el control de los procesos de elaboración de nóminas y documentación derivada.
Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad del
proyecto.
Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los módulos
complementarios.
Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y personal a
través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de resolución de conflictos, para
conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanza-aprendizaje, trabajando en un entorno
cooperativo y colaborativo.
Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al mercado laboral
incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de la búsqueda de
empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: Asesoramiento en la
previsión y elaboración del presupuesto; ejecución del presupuesto, especialmente en los conceptos
de gastos subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y justificación de la
subvención, así como de la documentación administrativa y contable que se deriven.
La elaboración, o en su caso el control, de los contratos laborales, nóminas y cotizaciones a la
Tesorería General de la Seguridad Social.
Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del
alumnado trabajador incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de
la búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores.
b.- Coordinador de Formación- Técnico/a Tutor/a Acompañamiento:
Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento y
evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado trabajador
en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una gestión conjunta y unificada, y en particular
según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los
certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de
profesionalidad dictados en su aplicación.
Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de los
objetivos.
Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
Establecer un plan individualizado para el alumnado trabajador que no haya alcanzado los objetivos
de la Educación Secundaria Obligatoria, que le permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus
estudios en las distintas enseñanzas reguladas en la normativa educativa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 12