Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. (00717/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario de carrera, de dos plazas de Inspector/a de la Policía Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 717/2025
Consistirá en contestar las preguntas formuladas en relación a uno o varios
supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección, durante el tiempo
máximo que este determine. Los supuestos prácticos versarán sobre materias
de la parte específica del programa incluido en el anexo II de las presentes
bases.
Octava.- Calificación de los ejercicios.
Oposición:
La prueba teórica tipo test de respuestas múltiples, se valorará de 0 a 10 puntos, y se calificará de conformidad con la
fórmula de aciertos – (errores/3), siendo necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las
preguntas válidas del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no
contestadas no tendrán valoración alguna. La puntuación será expresada con 2 decimales.
La prueba práctica, compuesta por uno o varios supuestos, se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener en cada
uno de ellos un mínimo de 5 puntos para superarla. Cada supuesto, en caso de existir varios, será calificado de 0 a 10
puntos por cada miembro del Tribunal con derecho a voto, obteniéndose la valoración de cada supuesto por la media
aritmética de las puntuaciones dadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto de que
alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de 2 puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas
estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Será preciso obtener en cada uno de los
supuestos a realizar una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10 para considerar superada la prueba. La puntuación será
expresada con 2 decimales.
La puntuación total del supuesto práctico será la media de las puntuaciones obtenidas en cada supuesto, en caso de existir
varios.
Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en las presentes bases. Para la superación de las distintas
pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas mínimas que se establecen para cada una de ellas. En caso contrario, el o la
aspirante obtendrá la calificación de no apto/no apta.
La calificación numérica de quienes superen cada prueba se realizará con una puntuación comprendida entre 1 y 10 puntos,
conforme se relaciona en las tablas de las presentes bases. La calificación global de dichas pruebas físicas será la media
aritmética de todas las obtenidas en cada una de ellas, debiendo alcanzarse al menos 5 puntos para aprobar.
La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones globales otorgadas en las
pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes que las hayan superado.
Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará con posterioridad a la fase de
oposición y solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado esta.
8.1. Puntuación final:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición, cuya suma
determinará el orden final de puntuación, considerándose que han superado el proceso selectivo aquellos
aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva, no pudiendo superar el número de
aprobados el de plazas convocadas. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la
fase de oposición. Y de persistir el mismo, se resolverá por sorteo.
Novena.- Lista de seleccionados y propuesta de nombramiento.
9.1. Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de los aspirantes
que hayan superado el concurso-oposición por orden de puntuación final obtenida, en número no superior al
de plazas convocadas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, además del acta de la
última sesión, la propuesta de nombramiento a favor del aspirante seleccionado.
9.2. En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los aspirantes que habiendo superado el
concurso-oposición no hayan sido incluidos en la lista de seleccionado y propuesta de nombramiento, a los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Consistirá en contestar las preguntas formuladas en relación a uno o varios
supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección, durante el tiempo
máximo que este determine. Los supuestos prácticos versarán sobre materias
de la parte específica del programa incluido en el anexo II de las presentes
bases.
Octava.- Calificación de los ejercicios.
Oposición:
La prueba teórica tipo test de respuestas múltiples, se valorará de 0 a 10 puntos, y se calificará de conformidad con la
fórmula de aciertos – (errores/3), siendo necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las
preguntas válidas del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no
contestadas no tendrán valoración alguna. La puntuación será expresada con 2 decimales.
La prueba práctica, compuesta por uno o varios supuestos, se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener en cada
uno de ellos un mínimo de 5 puntos para superarla. Cada supuesto, en caso de existir varios, será calificado de 0 a 10
puntos por cada miembro del Tribunal con derecho a voto, obteniéndose la valoración de cada supuesto por la media
aritmética de las puntuaciones dadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto de que
alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de 2 puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas
estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Será preciso obtener en cada uno de los
supuestos a realizar una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10 para considerar superada la prueba. La puntuación será
expresada con 2 decimales.
La puntuación total del supuesto práctico será la media de las puntuaciones obtenidas en cada supuesto, en caso de existir
varios.
Las pruebas físicas serán puntuables conforme a lo establecido en las presentes bases. Para la superación de las distintas
pruebas físicas deberán alcanzarse las marcas mínimas que se establecen para cada una de ellas. En caso contrario, el o la
aspirante obtendrá la calificación de no apto/no apta.
La calificación numérica de quienes superen cada prueba se realizará con una puntuación comprendida entre 1 y 10 puntos,
conforme se relaciona en las tablas de las presentes bases. La calificación global de dichas pruebas físicas será la media
aritmética de todas las obtenidas en cada una de ellas, debiendo alcanzarse al menos 5 puntos para aprobar.
La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las valoraciones globales otorgadas en las
pruebas teórica, práctica y física a las personas aspirantes que las hayan superado.
Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará con posterioridad a la fase de
oposición y solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado esta.
8.1. Puntuación final:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición, cuya suma
determinará el orden final de puntuación, considerándose que han superado el proceso selectivo aquellos
aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación total definitiva, no pudiendo superar el número de
aprobados el de plazas convocadas. En caso de empate, se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la
fase de oposición. Y de persistir el mismo, se resolverá por sorteo.
Novena.- Lista de seleccionados y propuesta de nombramiento.
9.1. Finalizado el concurso-oposición, el Tribunal Calificador formará relación comprensiva de los aspirantes
que hayan superado el concurso-oposición por orden de puntuación final obtenida, en número no superior al
de plazas convocadas.
De acuerdo con esta lista, se elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, además del acta de la
última sesión, la propuesta de nombramiento a favor del aspirante seleccionado.
9.2. En el acta de la última sesión, se incluirá una relación de los aspirantes que habiendo superado el
concurso-oposición no hayan sido incluidos en la lista de seleccionado y propuesta de nombramiento, a los
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