Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (00719/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la gestión y protección del arbolado público urbano
25 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 719/2025
Capítulo 2. Elección de arbolado y condiciones mínimas
Artículo 26. Categorías y tamaños de arbolado.
Las dimensiones de las especies arbóreas condicionan su ubicación en el viario. Atendiendo al diámetro de copa, podemos
distinguir:
- Árboles de copa estrecha: Menos de 4 m de ancho.
- Árboles de copa mediana: Entre 4 y 6 m de ancho.
- Árboles de copa ancha: Más de 6 m de ancho. Por altura, podemos establecer:
- Árboles de altura baja: Menos de 6 m de alto.
- Árboles de altura media: De 6 a 15 m de alto.
- Árboles de altura elevada: Más de 15 m de alto.
Considerando su máximo desarrollo, podemos establecer 3 categorías:
- Porte pequeño: Especie de altura baja y copa estrecha o mediana.
- Porte mediano: Especie de altura media y copa mediana.
- Porte grande: Especie de altura elevada y copa mediana o ancha.
Artículo 27. Plantación en acera.
En la construcción de nuevas aceras y en la remodelación de las existentes, se procurará construir, alcorques para
plantación de árboles de alineación.
Artículo 28. Alcorques.
La construcción de nuevas aceras y en la remodelación de las existentes, se construirán alcorques para plantación de
árboles de alineación con arreglo a las siguientes normas:
- El alcorque llevará bordes enrasados con la acera, con el fin de facilitar la recogida de aguas pluviales.
- La superficie mínima del alcorque será de un metro cuadrado y la anchura mínima de 0,8 m., pudiendo
reducirse las dimensiones del alcorque en las obras de nueva ejecución cuando el ancho libre y transitable del
acerado no cumpla con la normativa vigente sobre accesibilidad.
- El alcorque deberá rellenarse con tierra. En ningún caso de cemento o mortero como base de adoquines que
prolonguen el acerado y eliminen el alcorque como espacio propio del árbol.
- En caso de utilizar cubre alcorques o cualquier otra solución técnica conocida, estarán diseñados de manera
que el espacio destinado a alojar el árbol pueda aumentarse conforme crezca el grosor de su tronco, sin que
la solución técnica empleada pierda su forma y dibujo y, al mismo tiempo, mantenga la solidez original, dando
así acceso al agua y al oxígeno al árbol, así como una mayor disponibilidad de suelo, preparado previamente.
Artículo 29. Volumen de tierra útil y superficie permeable.
Independientemente del tamaño del alcorque, para posibilitar el desarrollo del ejemplar arbóreo se deberá garantizar un
volumen mínimo de tierra útil. Es decir, que cumpla las condiciones agronómicas para el desarrollo radical, y no contenga
ningún tipo de canalización destinada a conducir servicios, ya sean estos públicos o privados, a excepción de la red de riego.
Tanto en terreno libre como en área pavimentada, el volumen de suelo acondicionado será proporcional al desarrollo
esperable del árbol.
Presentará, además, una superficie permeable que permita la aireación permanente del suelo. Esta superficie de aireación
será de tierra libre o definida por un cubrealcorque en las zonas de pavimento impermeable.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Capítulo 2. Elección de arbolado y condiciones mínimas
Artículo 26. Categorías y tamaños de arbolado.
Las dimensiones de las especies arbóreas condicionan su ubicación en el viario. Atendiendo al diámetro de copa, podemos
distinguir:
- Árboles de copa estrecha: Menos de 4 m de ancho.
- Árboles de copa mediana: Entre 4 y 6 m de ancho.
- Árboles de copa ancha: Más de 6 m de ancho. Por altura, podemos establecer:
- Árboles de altura baja: Menos de 6 m de alto.
- Árboles de altura media: De 6 a 15 m de alto.
- Árboles de altura elevada: Más de 15 m de alto.
Considerando su máximo desarrollo, podemos establecer 3 categorías:
- Porte pequeño: Especie de altura baja y copa estrecha o mediana.
- Porte mediano: Especie de altura media y copa mediana.
- Porte grande: Especie de altura elevada y copa mediana o ancha.
Artículo 27. Plantación en acera.
En la construcción de nuevas aceras y en la remodelación de las existentes, se procurará construir, alcorques para
plantación de árboles de alineación.
Artículo 28. Alcorques.
La construcción de nuevas aceras y en la remodelación de las existentes, se construirán alcorques para plantación de
árboles de alineación con arreglo a las siguientes normas:
- El alcorque llevará bordes enrasados con la acera, con el fin de facilitar la recogida de aguas pluviales.
- La superficie mínima del alcorque será de un metro cuadrado y la anchura mínima de 0,8 m., pudiendo
reducirse las dimensiones del alcorque en las obras de nueva ejecución cuando el ancho libre y transitable del
acerado no cumpla con la normativa vigente sobre accesibilidad.
- El alcorque deberá rellenarse con tierra. En ningún caso de cemento o mortero como base de adoquines que
prolonguen el acerado y eliminen el alcorque como espacio propio del árbol.
- En caso de utilizar cubre alcorques o cualquier otra solución técnica conocida, estarán diseñados de manera
que el espacio destinado a alojar el árbol pueda aumentarse conforme crezca el grosor de su tronco, sin que
la solución técnica empleada pierda su forma y dibujo y, al mismo tiempo, mantenga la solidez original, dando
así acceso al agua y al oxígeno al árbol, así como una mayor disponibilidad de suelo, preparado previamente.
Artículo 29. Volumen de tierra útil y superficie permeable.
Independientemente del tamaño del alcorque, para posibilitar el desarrollo del ejemplar arbóreo se deberá garantizar un
volumen mínimo de tierra útil. Es decir, que cumpla las condiciones agronómicas para el desarrollo radical, y no contenga
ningún tipo de canalización destinada a conducir servicios, ya sean estos públicos o privados, a excepción de la red de riego.
Tanto en terreno libre como en área pavimentada, el volumen de suelo acondicionado será proporcional al desarrollo
esperable del árbol.
Presentará, además, una superficie permeable que permita la aireación permanente del suelo. Esta superficie de aireación
será de tierra libre o definida por un cubrealcorque en las zonas de pavimento impermeable.
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