Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. (00724/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 724/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 724/2025
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE
PELIGROSOS
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria en fecha 10 de
enero de 2025, de aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales potencialmente
peligrosos, por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, para que el mismo pudiera ser examinado y poder presentar las reclamaciones y sugerencias que se
consideren oportunas.
Y resultando que finalizado el referido plazo de exposición al público, no se han presentado reclamaciones o sugerencia
alguna, se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que se procede a su publicación de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
La Ordenanza queda redactada como sigue:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Índice de artículos
Preámbulo.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Animales potencialmente peligrosos.
Artículo 4. La licencia municipal.
Artículo 5. Órgano competente.
Artículo 6. Requisitos.
Artículo 7. Plazo.
Artículo 8. Registro municipal de animales potencialmente peligrosos.
Artículo 9. Identificación.
Artículo 11. Obligaciones de los tenedores.
Artículo 12. Infracciones y sanciones.
Disposición transitoria.
Disposición final.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
PREÁMBULO
Las relaciones entre hombres y animales se han desarrollado a lo largo de la historia de tal manera, que han ido
estableciéndose como parte de la vida social en el ámbito urbano.
Es por tanto responsabilidad de los poderes públicos, el mantener de forma ordenada y respetuosa los vínculos que nos
unen teniendo en cuenta para su regulación, tanto las molestias y peligros que pueden ocasionar estos animales como el
gran valor de su compañía para un elevado número de ciudadanos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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