Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00689/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario de carrera por el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Administrativo/a de Secretaría
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
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que se proponga contendrá 10 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su
orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con
posterioridad al inicio de los ejercicios, debiendo ser, por lo tanto, respondidas igualmente por
los aspirantes.
Para la valoración del ejercicio se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º.- Se calificará a razón de 0.2 puntos cada respuesta correcta.
2.º.- Cada cinco preguntas contestadas de forma errónea se restará una
respondida de manera correcta.
3.º.- Las preguntas dejadas en blanco no computan.
El aspirante podrá llevarse copia de las preguntas que componen el examen, una vez finalizado
el mismo. Realizado el examen se otorgará un período de cinco días naturales, contados a
partir de la publicación en el tablón de anuncios electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Zafra
del formulario de respuestas corregido, para la presentación de reclamaciones a las preguntas
del examen. Transcurrido ese período, el Tribunal no atenderá a reclamaciones que puedan
suponer la anulación de alguna de las preguntas
Segundo ejercicio (10 puntos máximo): El segundo ejercicio consistirá en la resolución por parte
del aspirante de uno o varios supuestos prácticos sobre el temario de la convocatoria
elaborados por el Tribunal. El Tribunal podrá incluir además de supuestos prácticos, el
desarrollo de uno o varios temas incluidos en la convocatoria. Tendrá una duración de 120
minutos. Solo podrán acceder a la realización del segundo ejercicio aquellos aspirantes que
hubieren superado el primero.
La valoración del ejercicio será calificada sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse como mínimo
cinco puntos para que se considere aprobado.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación
razonada o de aspectos prácticos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación.
La puntuación final de la fase de oposición, de cada aspirante vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios teórico y práctico del proceso selectivo (Primer
ejercicio – máximo 10 puntos- + Segundo ejercicio –máximo 10 puntos-).
7.2. Fase de concurso (hasta un máximo de 100 puntos). La fase de concurso supone el 40% de la calificación
final del proceso selectivo. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta
para superar las pruebas de la fase de oposición. Solo se procederá a efectuar la valoración de la fase de
concurso para aquellos aspirantes que hubieren superado la fase de oposición. Todos los aspirantes deberán
presentar, junto a la solicitud para participar en el procedimiento selectivo, copia auténtica acreditativa de la
documentación que justifique la valoración de los méritos admitidos por la presente convocatoria.
El baremo de méritos computables es el siguiente:
a) Experiencia (máximo 72 puntos sobre 100):
Por experiencia profesional en la administración pública como Administrativo perteneciente al
grupo C1, enmarcándose dentro de funciones administrativas, que deberán quedar
suficientemente acreditadas, dos puntos por cada mes completo de servicio, con un máximo de
72 puntos.
b) Formación académica (máximo 28 puntos sobre 100):
- Por cada ejercicio o prueba superado en procesos selectivos convocados por
cualquiera de las administraciones públicas para acceso a plazas vacantes en
puesto de Administrativo perteneciente al grupo C1, acreditándose la superación
de estas pruebas o ejercicios mediante certificación oficial expedida por la
administración correspondiente, se asignarán 4 puntos por cada ejercicio o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que se proponga contendrá 10 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su
orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con
posterioridad al inicio de los ejercicios, debiendo ser, por lo tanto, respondidas igualmente por
los aspirantes.
Para la valoración del ejercicio se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º.- Se calificará a razón de 0.2 puntos cada respuesta correcta.
2.º.- Cada cinco preguntas contestadas de forma errónea se restará una
respondida de manera correcta.
3.º.- Las preguntas dejadas en blanco no computan.
El aspirante podrá llevarse copia de las preguntas que componen el examen, una vez finalizado
el mismo. Realizado el examen se otorgará un período de cinco días naturales, contados a
partir de la publicación en el tablón de anuncios electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Zafra
del formulario de respuestas corregido, para la presentación de reclamaciones a las preguntas
del examen. Transcurrido ese período, el Tribunal no atenderá a reclamaciones que puedan
suponer la anulación de alguna de las preguntas
Segundo ejercicio (10 puntos máximo): El segundo ejercicio consistirá en la resolución por parte
del aspirante de uno o varios supuestos prácticos sobre el temario de la convocatoria
elaborados por el Tribunal. El Tribunal podrá incluir además de supuestos prácticos, el
desarrollo de uno o varios temas incluidos en la convocatoria. Tendrá una duración de 120
minutos. Solo podrán acceder a la realización del segundo ejercicio aquellos aspirantes que
hubieren superado el primero.
La valoración del ejercicio será calificada sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse como mínimo
cinco puntos para que se considere aprobado.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación
razonada o de aspectos prácticos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación.
La puntuación final de la fase de oposición, de cada aspirante vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios teórico y práctico del proceso selectivo (Primer
ejercicio – máximo 10 puntos- + Segundo ejercicio –máximo 10 puntos-).
7.2. Fase de concurso (hasta un máximo de 100 puntos). La fase de concurso supone el 40% de la calificación
final del proceso selectivo. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta
para superar las pruebas de la fase de oposición. Solo se procederá a efectuar la valoración de la fase de
concurso para aquellos aspirantes que hubieren superado la fase de oposición. Todos los aspirantes deberán
presentar, junto a la solicitud para participar en el procedimiento selectivo, copia auténtica acreditativa de la
documentación que justifique la valoración de los méritos admitidos por la presente convocatoria.
El baremo de méritos computables es el siguiente:
a) Experiencia (máximo 72 puntos sobre 100):
Por experiencia profesional en la administración pública como Administrativo perteneciente al
grupo C1, enmarcándose dentro de funciones administrativas, que deberán quedar
suficientemente acreditadas, dos puntos por cada mes completo de servicio, con un máximo de
72 puntos.
b) Formación académica (máximo 28 puntos sobre 100):
- Por cada ejercicio o prueba superado en procesos selectivos convocados por
cualquiera de las administraciones públicas para acceso a plazas vacantes en
puesto de Administrativo perteneciente al grupo C1, acreditándose la superación
de estas pruebas o ejercicios mediante certificación oficial expedida por la
administración correspondiente, se asignarán 4 puntos por cada ejercicio o
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