Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00682/2025)
Aprobación del Reglamento sobre el funcionamiento del sistema de control horario y presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
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Aprobación del Reglamento sobre el funcionamiento del sistema de control horario y presencia de los empleados
públicos del Ayuntamiento de Don Benito

Por el Pleno del Ayuntamiento de Don Benito, en sesión celebrada con fecha 24-02-2025 se acordó la aprobación del
siguiente reglamento:
REGLAMENTO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL HORARIO Y PRESENCIA DE LOS EMPLEADOS
PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece en su artículo 94 que la jornada de trabajo
de los funcionarios de la administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la
administración civil del Estado; y se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.
Las administraciones públicas son competentes para establecer la ordenación del tiempo de trabajo del personal a su
servicio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 51 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Esta competencia debe ser ejercida respetando, a su vez, lo establecido en el artículo 37.1.m) del mismo texto legal, que
señala como materias objeto de negociación las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas y permisos.
Teniendo en cuenta lo dispuesto anteriormente, se ha procedido a la redacción del presente reglamento sobre el
funcionamiento del sistema de control horario y presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de Don Benito. La
metodología a implantar en este Ayuntamiento para llevar a cabo ese control horario y de presencia será el de fichaje
mediante una tarjeta con chip de uso personal para cada empleado público.
El Ayuntamiento de Don Benito, como administración pública, tiene la obligación de prestar un servicio público adecuado al
ciudadano, y ello, dentro del más absoluto respeto a los derechos de los trabajadores al servicio de este Ayuntamiento. Por
tanto, con la implantación del sistema de fichaje indicado anteriormente, se facilitará la gestión de los recursos humanos de
este Ayuntamiento y se podrá garantizar una adecuada prestación de los servicios públicos al ciudadano.
Asimismo, la implantación de este sistema no solo se trata de un instrumento del Ayuntamiento para el control del
cumplimiento de la jornada y horario de los empleados públicos, principio de conducta de los empleados públicos recogido
expresamente en el artículo 54.2 del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sino que
además con este sistema se va a hacer efectivo el derecho individual de los empleados públicos a la adopción de medidas
que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, reconocido en el artículo 14 letra j) del mencionado
texto refundido, permitiendo la flexibilidad en el cumplimiento del tiempo de trabajo. Por tanto, este sistema se considera el
más adecuado para la satisfacción de los intereses de ambas partes.
En consecuencia, resulta necesaria la aprobación del presente Reglamento para regular el cumplimiento de la jornada de
trabajo y el control del horario y presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de Don Benito.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento a seguir y los medios y actuaciones necesarios para el
cumplimiento de la jornada de trabajo y el control del horario y presencia de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Don Benito.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Todo el personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Don Benito está sometido a control de puntualidad, asistencia y
permanencia.
El presente reglamento será de aplicación a todos los empleados públicos que presten sus servicios en este Ayuntamiento,
tanto si están sujetos a una relación de carácter funcionarial como laboral.
Artículo 3. Finalidad y garantías.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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