Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00656/2025)
Resolución de aprobación de los modelos normalizados para la gestión del servicio de teleasistencia domiciliaria de la Diputación de Badajoz
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Badajoz
Anuncio 656/2025
Resolución de aprobación de los modelos normalizados para la gestión del servicio de teleasistencia domiciliaria de la
Diputación de Badajoz

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE MODELOS NORMALIZADOS DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ
La Diputación de Badajoz viene prestando el servicio de teleasistencia domiciliaria en municipios de menos de 20.000
habitantes en el marco de la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente los de
menor capacidad económica y de gestión, que establece el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, así como la coordinación y cooperación interadministrativa establecida en la normativa
autonómica en materia de servicios sociales y dependencia.
Dicho servicio previene y da respuesta inmediata ante situaciones de soledad y aislamiento social, de emergencia o
inseguridad, aportando asistencia y apoyo a personas en situación de dependencia, así como a sus cuidadores y cuidadoras,
durante 24 horas todos los días del año.
Por motivos de transparencia y mayor seguridad jurídica en la gestión, el Pleno de la Corporación provincial, en sesión
ordinaria celebrada el día 29 de noviembre de 2024, aprobó inicialmente el Reglamento del servicio de teleasistencia de la
Diputación Provincial de Badajoz.
El expediente fue sometido a información pública, por plazo de 30 días hábiles, mediante anuncio publicado en el
suplemento I del BOP de 29 de noviembre de 2024, y ante la ausencia de reclamaciones o sugerencias, se publicó con
carácter definitivo en el BOP número 21 de fecha 31 de enero de 2025.
El artículo 7.1 del citado Reglamento indica que los modelos normalizados serán aprobados mediante resolución del
Presidente/a o del Diputado/a Delegado/a competente por delegación.
Por lo anteriormente expuesto y en virtud de la delegación conferida por el Presidente mediante decreto de 10 de abril de
2024 (BOP número 69, suplemento I, de 11 de abril de 2024).
ACUERDO:
Primero.- Aprobar los modelos normalizados para la gestión del servicio de teleasistencia domiciliaria de la
Diputación de Badajoz que se relacionan a continuación y que figuran anexos a la presente resolución:
Modelo TAD 1: Solicitud de la persona usuaria.
Modelo TAD 2: Informe del/la Trabajador/a Social.
Modelo TAD 2.1: Informe médico.
Modelo TAD 3: Comunicación del Ayuntamiento a Diputación.
Modelo TAD 4: Solicitud suspensión temporal.
Modelo TAD 5: Baja del servicio.
Segundo.- Los modelos anteriores se podrán ampliar, reducir o modificar en función de las necesidades de
gestión del servicio, mediante nueva resolución en los términos indicados en el artículo 7.1 del Reglamento
regulador del servicio de teleasistencia domiciliaria de la Diputación de Badajoz.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Diputada delegada de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
PD (decreto de 10 de abril de 2024 BOP número 69, suplemento I, de 11 de abril de 2024), Ana Belén Valls Muñoz.

___________________
TAD 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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