Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (00665/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de honores y distinciones
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

Anuncio 665/2025

condición de Cronista Oficial, podrá recaer en más de una persona.
Artículo 26. Procedimiento de nombramiento.
El procedimiento para el otorgamiento del título de Cronista Oficial se iniciará a instancia de Alcaldía mediante resolución.
A la propuesta de iniciación del expediente deberá acompañarse memoria en la que se especifiquen los méritos que
concurren en el candidato, junto con reseñas biográficas y, si las tuviera, bibliográficas.
Iniciado el expediente se procederá a la instrucción del mismo dirigida a la acreditación y valoración de los méritos del
candidato en cuanto a su obra, actividad y/o conocimiento sobre el municipio de Herrera del Duque.
Dentro de la tramitación del expediente se solicitarán cuantos informes, no vinculantes, se consideren oportunos a
entidades, asociaciones o colectivos sociales, siempre que estén arraigados en el municipio. Tras la instrucción del
expediente la propuesta de concesión del título de Cronista Oficial se formulará por parte del Alcalde al Pleno. Antes de
formularse la propuesta de nombramiento al Pleno se dará audiencia del expediente a la persona propuesta a fin de que
manifieste su conformidad expresa con la concesión del título.
El título de Cronista Oficial del Municipio de Herrera del Duque se concederá, discrecionalmente, por el Pleno del
Ayuntamiento, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, previo dictamen de la comisión informativa competente.
Artículo 27. Contenido del título de Cronista.
El título de Cronista Oficial es un título exclusivamente honorífico, sin contraprestación económica alguna.
El Cronista Oficial cesará cuando concluya el período por el que fue nombrado o por revocación del mismo por la
Corporación municipal.
También podrá cesar por decisión propia o, en caso de incumplimiento de sus obligaciones o de enfermedad que le
incapacite para el ejercicio del mismo, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno. En los dos últimos supuestos, la revocación se
tendrá que adoptar mediante tramitación del expediente que se instruirá con las mismas características y garantías que las
de su otorgamiento.
Artículo 28. Obligaciones y derechos.
El Cronista Oficial se compromete a realizar las siguientes tareas:
a) Emitir su opinión y evacuar consultas sobre aquellos temas relacionados con la historia de Herrera del
Duque, o en aquellos que la Corporación, por medio de la Alcaldía-Presidencia, estime oportuno someter a su
consideración.
b) Redactar una memoria anual que se denominará "Crónica del Municipio de Herrera del Duque", en la que
se recojan los principales acontecimientos sociales, culturales, políticos y de todo tipo relacionados con el
municipio acaecidos durante el año.
El título de Cronista Oficial de Herrera del Duque otorga los siguientes derechos:
a) A recibir del Ayuntamiento una medalla conmemorativa del nombramiento y distintiva del título, según el
diseño que apruebe la Corporación.
b) A ser invitado a los actos públicos organizados por el Ayuntamiento y asistir a las sesiones del Pleno, sin voz
ni voto, ocupando, en ambos caos, el lugar preferente que determine la Corporación.
c) A recibir gratuitamente un ejemplar de todas las publicaciones editadas por el Ayuntamiento.
d) A acceder a los fondos del Archivo y de la Biblioteca Municipal para consulta y estudio. En todo caso, el
acceso a los datos obrantes en los expedientes y registros administrativos se efectuará en los términos
señalados en la vigente normativa básica de régimen jurídico y procedimiento administrativo común.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas por este Reglamento a los distintos órganos municipales en materias concretas,
todas las cuestiones que se susciten referentes a la figura del Cronista Oficial de la Ciudad y a su actividad y relaciones con el
Ayuntamiento se desarrollarán a través de la Alcaldía-Presidencia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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