Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00583/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de Inspector Urbanístico
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 583/2025

sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
6. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos
serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden
oír la opinión de técnicos especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del
desarrollo de los diferentes ejercicios.
8. El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes
no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de
aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en
su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas
fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos
técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de 15 días y tendrá carácter de determinante
para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las
alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa
audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
OPOSICIÓN
El sistema de selección será el de oposición libre, el cual constará de las siguientes fases, todas ellas obligatorias y
eliminatorias:
Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
1. Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 70 minutos, a un cuestionario tipo test de 50
preguntas más 10 adicionales como reserva, con 4 opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas
correcta, relacionadas con el temario recogido en la convocatoria.
El cuestionario que se proponga contendrá 10 preguntas adicionales como reservas, las cuales sustituirán,
siguiendo el mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de
anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, los aspirantes que lo hayan realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra
las respuestas dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de 5 días
hábiles a partir del siguiente a la publicación de la plantilla provisional de respuestas correctas en la página
web del Ayuntamiento de Badajoz. Si el Tribunal Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se
publicará una nueva plantilla de respuestas en dicha web antes de la publicación del listado de aspirantes que
superen la prueba.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de la
convocatoria, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno que no podrá exceder de 90 minutos. El
supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos los aspirantes y se elegirá inmediatamente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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