Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00583/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de Inspector Urbanístico
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 583/2025
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Decimosegunda.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de 6 meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
_______________
ANEXO I
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I. (De los derechos y deberes fundamentales):
Capítulo I: De los españoles y los extranjeros.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Título I. (De los Derechos y Deberes Fundamentales): Capítulo II: Derechos y
libertades.
Tema 3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I: Disposiciones generales.
Tema 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título II: El municipio.
Tema 5. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo II y capítulo III.
Tema 6. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo IV.
Tema 7. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Título preliminar. Objeto y
ámbito de la Ley. Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura. Título preliminar. Disposiciones
generales.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estructura. Título preliminar. Título Primero: De los interesados en el procedimiento.
TEMARIO ESPECÍFICO
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Decimosegunda.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de 6 meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
_______________
ANEXO I
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura. Título Preliminar. Título I. (De los derechos y deberes fundamentales):
Capítulo I: De los españoles y los extranjeros.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Título I. (De los Derechos y Deberes Fundamentales): Capítulo II: Derechos y
libertades.
Tema 3. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título I: Disposiciones generales.
Tema 4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local: Título II: El municipio.
Tema 5. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo II y capítulo III.
Tema 6. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones de los empleados públicos del Ayuntamiento de
Badajoz y Organismos Autónomos: Capítulo IV.
Tema 7. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Título preliminar. Objeto y
ámbito de la Ley. Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura. Título preliminar. Disposiciones
generales.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Estructura. Título preliminar. Título Primero: De los interesados en el procedimiento.
TEMARIO ESPECÍFICO
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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