Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (00563/2025)
Bases para la constitución de una bolsa de empleo para la contratación laboral de un/a Operario/a del Servicio de Suministro de Agua Potable de la Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
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1. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el Tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio,
consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la
plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal
inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el
Tribunal determine. Se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para superarlo.
2. Entrevista personal relativa a las funciones del puesto de trabajo y disponibilidad para el mismo. Se
puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para superarla.
La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
obligatorios.
Décima.- Calificación final.
La calificación final será la resultante de sumar las obtenidas en la fase de oposición.
Undécima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final de los aspirantes, el Tribunal hará público en la
sede electrónica de la Mancomunidad Integral Municipios Centro, las personas aspirantes que formarán parte de la bolsa de
empleo, con indicación de la puntuación obtenida, que determinará el orden de contratación.
Dentro del plazo de 5 días desde la publicación de la relación donde conste las personas aspirantes que formarán parte de
la bolsa de empleo, estas deberán aportar, en el registro general de documentos de la Mancomunidad Integral de
Municipios Centro (MIMC), los siguientes documentos compulsados:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de la titulación o experiencia laboral y profesional requerida.
- Fotocopia del permiso de conducir requerido.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, las personas que forman parte de la bolsa de empleo no
presentaran la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser
incluida en la bolsa, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber
incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Los aspirantes que formen parte de la bolsa de empleo presentarán, en el momento de su contratación, los siguientes
documentos:
— Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que menoscabe o impida
el normal desempeño de sus funciones.
— Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.
Duodécima.- Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden
de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases, siendo en todo caso aplicable su normativa reguladora.
Decimotercera.- Legislación aplicable.
En lo no previsto en estas bases será de aplicación la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Decimocuarta.- Indemnización por asistencia a tribunales.
A los efectos previstos en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio,
se especifica que la categoría del órgano de selección será la tercera.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Un ejercicio práctico durante el tiempo que determinará el Tribunal, de carácter obligatorio y eliminatorio,
consistente en realizar uno o varios ejercicios de ejecución práctica, de orden profesional, acordes con la
plaza convocada y relacionados con las funciones de dicho puesto de trabajo, que planteará el Tribunal
inmediatamente antes del comienzo de su realización, debiendo ser ejecutados en el tiempo y forma que el
Tribunal determine. Se puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para superarlo.
2. Entrevista personal relativa a las funciones del puesto de trabajo y disponibilidad para el mismo. Se
puntuará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos para superarla.
La calificación final de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
obligatorios.
Décima.- Calificación final.
La calificación final será la resultante de sumar las obtenidas en la fase de oposición.
Undécima.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final de los aspirantes, el Tribunal hará público en la
sede electrónica de la Mancomunidad Integral Municipios Centro, las personas aspirantes que formarán parte de la bolsa de
empleo, con indicación de la puntuación obtenida, que determinará el orden de contratación.
Dentro del plazo de 5 días desde la publicación de la relación donde conste las personas aspirantes que formarán parte de
la bolsa de empleo, estas deberán aportar, en el registro general de documentos de la Mancomunidad Integral de
Municipios Centro (MIMC), los siguientes documentos compulsados:
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de la titulación o experiencia laboral y profesional requerida.
- Fotocopia del permiso de conducir requerido.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, las personas que forman parte de la bolsa de empleo no
presentaran la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser
incluida en la bolsa, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber
incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Los aspirantes que formen parte de la bolsa de empleo presentarán, en el momento de su contratación, los siguientes
documentos:
— Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que menoscabe o impida
el normal desempeño de sus funciones.
— Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.
Duodécima.- Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden
de la oposición, en todo lo no previsto en estas bases, siendo en todo caso aplicable su normativa reguladora.
Decimotercera.- Legislación aplicable.
En lo no previsto en estas bases será de aplicación la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Decimocuarta.- Indemnización por asistencia a tribunales.
A los efectos previstos en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón de servicio,
se especifica que la categoría del órgano de selección será la tercera.
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