Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (00563/2025)
Bases para la constitución de una bolsa de empleo para la contratación laboral de un/a Operario/a del Servicio de Suministro de Agua Potable de la Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Anuncio 563/2025
definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del primer
ejercicio de la fase de oposición, que será publicada en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de Municipios
Centro.
Séptima.- Tribunal Calificador.
El Tribunal de Selección estará formado por 5 miembros, entre los que deberá figurar 1 Presidente, 1 Secretario y 3 vocales,
debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido.
Composición del Tribunal de Selección:
Presidente: Un empleado público de la Mancomunidad Integral Municipios Centro.
Vocales: Tres vocales nombrados por la presidencia de la Corporación de Servicios de Cornalvo.
Secretario-Vocal: El Secretario de la Corporación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes, en su caso las
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015), así como
también cuando hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años
anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Asimismo, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo previsto en las bases.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en las citadas normas (Ley 39/2015 y Ley 40/2015, de 1
de octubre).
Octava.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
Calendario de realización de las pruebas.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas de la fase de oposición se dará a conocer
mediante publicación en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro.
Identificación de los aspirantes.
Los aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad en vigor o
documento equivalente, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
El orden de actuación de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el
alfabético comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «A».
Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados
con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, en su consecuencia, quedará
excluido del proceso selectivo.
Novena.- Fase de oposición.
La selección se realizará por el procedimiento de oposición. Consistirá en 2 pruebas diferenciadas y obligatorias para todas
las personas aspirantes, con carácter eliminatorio y que se detalla a continuación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del primer
ejercicio de la fase de oposición, que será publicada en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de Municipios
Centro.
Séptima.- Tribunal Calificador.
El Tribunal de Selección estará formado por 5 miembros, entre los que deberá figurar 1 Presidente, 1 Secretario y 3 vocales,
debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido.
Composición del Tribunal de Selección:
Presidente: Un empleado público de la Mancomunidad Integral Municipios Centro.
Vocales: Tres vocales nombrados por la presidencia de la Corporación de Servicios de Cornalvo.
Secretario-Vocal: El Secretario de la Corporación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes, en su caso las
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015), así como
también cuando hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años
anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Asimismo, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo previsto en las bases.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en las citadas normas (Ley 39/2015 y Ley 40/2015, de 1
de octubre).
Octava.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
Calendario de realización de las pruebas.
La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas de la fase de oposición se dará a conocer
mediante publicación en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro.
Identificación de los aspirantes.
Los aspirantes deberán acudir a la celebración de los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad en vigor o
documento equivalente, pudiendo el Tribunal requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
El orden de actuación de las personas aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será el
alfabético comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra «A».
Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados
con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, en su consecuencia, quedará
excluido del proceso selectivo.
Novena.- Fase de oposición.
La selección se realizará por el procedimiento de oposición. Consistirá en 2 pruebas diferenciadas y obligatorias para todas
las personas aspirantes, con carácter eliminatorio y que se detalla a continuación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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