Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00497/2025)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a apoyar a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones durante el ejercicio 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 497/2025
dos meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 9 puntos.
B- Según el proyecto presentado (máximo 50 puntos):
1.- Que las actividades estén cofinanciadas con un mínimo del 10% de la cantidad solicitada con una
aportación de la propia entidad solicitante, 10 puntos.
2.- Establezcan sinergias de cooperación entre instituciones, asociaciones y colectivos públicos y privados;
impulsen ejes de trabajo conjunto entre los diferentes agentes locales y/o el análisis de los diferentes
instrumentos de financiación: Hasta 10 puntos.
a) Participación de entidades públicas (distintas a la solicitada a la Diputación de Badajoz) o
privadas de Extremadura en la actividad, 2 puntos cuando sean 1 ó 2 entidades y 5 puntos
cuando sean 3 ó más.
b) Participación de entidades públicas o privadas del territorio donde se asientan las
comunidades en la actividad, 2 puntos cuando sean 1 ó 2 entidades y 5 puntos cuando sean 3 ó
más.
La cooperación de las diferentes entidades públicas o privadas con la actividad de la comunidad o federación
deberá ser reflejada y concretada en el anexo III.
3.- Número de participantes de las actividades y proyecto presentado: Hasta 10 puntos.
a) Hasta 50 participantes: 5 puntos.
b) Entre 51 y 249 participantes: 7puntos.
c) Más de 250 participantes: 10 puntos.
4.- Que los beneficiarios estén bien identificados en el proyecto presentado: 2 puntos.
5.- Identificación concreta del objeto de actuación: 3 puntos.
6.- Que las principales acciones a desarrollar estén bien detalladas y concretadas: 4 puntos.
7.- Que se establezca un calendario de actividades: 3 puntos.
8.- Que impulsen la integración, incorporación y participación de la juventud en las actividades del proyecto
presentado. 6 puntos. Concretar y detallar en el anexo III.
9.- Que el presupuesto presentado esté debidamente desglosado y se ajuste a los costes de mercado
actuales: 2 puntos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 75 puntos. No se concederá subvención a aquellas solicitudes que no alcancen
una puntuación superior a 20 puntos. El importe máximo de cada subvención concedida no podrá superar la cantidad
solicitada en el proyecto ni la cantidad de 4.000,00 euros.
Para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención se aplicará lo siguiente:
Cuantía individualizada de la subvención = crédito total disponible en la convocatoria dividido entre la suma de la
puntuación total obtenida por las solicitudes que han alcanzado la puntuación mínima establecida en la correspondiente
convocatoria para ser subvencionada y multiplicado por la puntuación obtenida por cada solicitud.
La cuantía individualizada resultante tendrá como límite la cuantía solicitada por la entidad, así como la cuantía
individualizada máxima a conceder.
Una vez determinada la cuantía individualizada conforme a lo establecido anteriormente, si resultara crédito sobrante, se
procederá a repartir entre las solicitudes que no hayan obtenido subvención en la cuantía solicitada ni hayan rebasado la
cuantía máxima establecida. Este reparto se efectuará conforme a la fórmula establecida respecto a las entidades que no
hayan alcanzado los límites establecidos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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dos meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 9 puntos.
B- Según el proyecto presentado (máximo 50 puntos):
1.- Que las actividades estén cofinanciadas con un mínimo del 10% de la cantidad solicitada con una
aportación de la propia entidad solicitante, 10 puntos.
2.- Establezcan sinergias de cooperación entre instituciones, asociaciones y colectivos públicos y privados;
impulsen ejes de trabajo conjunto entre los diferentes agentes locales y/o el análisis de los diferentes
instrumentos de financiación: Hasta 10 puntos.
a) Participación de entidades públicas (distintas a la solicitada a la Diputación de Badajoz) o
privadas de Extremadura en la actividad, 2 puntos cuando sean 1 ó 2 entidades y 5 puntos
cuando sean 3 ó más.
b) Participación de entidades públicas o privadas del territorio donde se asientan las
comunidades en la actividad, 2 puntos cuando sean 1 ó 2 entidades y 5 puntos cuando sean 3 ó
más.
La cooperación de las diferentes entidades públicas o privadas con la actividad de la comunidad o federación
deberá ser reflejada y concretada en el anexo III.
3.- Número de participantes de las actividades y proyecto presentado: Hasta 10 puntos.
a) Hasta 50 participantes: 5 puntos.
b) Entre 51 y 249 participantes: 7puntos.
c) Más de 250 participantes: 10 puntos.
4.- Que los beneficiarios estén bien identificados en el proyecto presentado: 2 puntos.
5.- Identificación concreta del objeto de actuación: 3 puntos.
6.- Que las principales acciones a desarrollar estén bien detalladas y concretadas: 4 puntos.
7.- Que se establezca un calendario de actividades: 3 puntos.
8.- Que impulsen la integración, incorporación y participación de la juventud en las actividades del proyecto
presentado. 6 puntos. Concretar y detallar en el anexo III.
9.- Que el presupuesto presentado esté debidamente desglosado y se ajuste a los costes de mercado
actuales: 2 puntos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 75 puntos. No se concederá subvención a aquellas solicitudes que no alcancen
una puntuación superior a 20 puntos. El importe máximo de cada subvención concedida no podrá superar la cantidad
solicitada en el proyecto ni la cantidad de 4.000,00 euros.
Para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención se aplicará lo siguiente:
Cuantía individualizada de la subvención = crédito total disponible en la convocatoria dividido entre la suma de la
puntuación total obtenida por las solicitudes que han alcanzado la puntuación mínima establecida en la correspondiente
convocatoria para ser subvencionada y multiplicado por la puntuación obtenida por cada solicitud.
La cuantía individualizada resultante tendrá como límite la cuantía solicitada por la entidad, así como la cuantía
individualizada máxima a conceder.
Una vez determinada la cuantía individualizada conforme a lo establecido anteriormente, si resultara crédito sobrante, se
procederá a repartir entre las solicitudes que no hayan obtenido subvención en la cuantía solicitada ni hayan rebasado la
cuantía máxima establecida. Este reparto se efectuará conforme a la fórmula establecida respecto a las entidades que no
hayan alcanzado los límites establecidos.
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