Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00484/2025)
Bases reguladoras para la contratación laboral, con carácter indefinido no fijo, de una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Anuncio 484/2025
emitido por el SEXPE.
Finalizada la valoración del concurso, el Tribunal hará pública las puntuaciones provisionales otorgando un
plazo de dos días hábiles, para que los participantes en esta fase, puedan presentar alegaciones o
reclamaciones. Si no hubiera reclamaciones o alegaciones transcurrido el plazo de presentación de las
mismas, las puntuaciones provisionales serán elevadas a definitivas.
6.3 Calificación.
La calificación final obtenida por cada aspirante en el proceso selectivo, que vendrá dada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.
De producirse empate, en la puntuación de dos o más aspirantes, para determinar el orden que les corresponde, se
resolverá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación según el siguiente orden: En primer lugar, teniendo en
cuenta los resultados de la prueba teórica. Si persistiera el empate, se tendría en cuenta las personas con doctorado; en
caso de continuar el empate, la valoración de las personas con máster y, finalmente, las personas con más número de horas
de formación.
Si fuera necesario, se recurriría al sorteo.
Base séptima. Relación de aprobados y presentación de documentos.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final, el Tribunal hará público en la Web:
https://mriobodion.es: en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad y sede electrónica de la mancomunidad,
https://sede.mriobodion.es una relación en la que conste:
- Las calificaciones finales obtenidas por los aspirantes que han participado en el proceso.
- Los aspirantes que han superado el proceso por orden decreciente de calificación.
- Aspirante cuya contratación se propone con indicación de la puntuación obtenida.
- Aspirantes que quedan en bolsa de trabajo con indicación del número de orden y la puntuación obtenida.
Seguidamente, elevará dicha relación al Sr. Presidente, formulando la correspondiente propuesta de
contratación según lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Dentro del plazo de dos días hábiles desde la publicación de la relación donde conste la persona seleccionada, ésta deberá
aportar, en la sede de la Mancomunidad, los siguientes documentos originales:
- DNI.
- Documentos originales de la titulación académica requerida.
- Documentos originales de los méritos aportados.
- N.º Seguridad Social.
- N.º cuenta bancaria.
La no presentación de la interesada o de la documentación requerida, en el plazo que se establece, dará lugar a la exclusión
del mismo a favor del aspirante siguiente en la lista de seleccionados.
Base octava. Bolsa de trabajo.
Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una bolsa de trabajo con los/as aspirantes que, habiendo superado el proceso
de selección, no hayan obtenido plaza a efectos de posteriores contrataciones para cubrir temporalmente la vacante que
pudiera producirse.
Así, en caso de que la persona seleccionada cause baja por cualquier motivo, la Mancomunidad podrá contratar, a los/as
aspirantes que sucesivamente, hayan obtenido las mejores puntuaciones en el proceso selectivo.
En tal caso, la Presidencia, ofertará la contratación por riguroso orden de puntuación de la relación de candidatos/as.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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reclamaciones. Si no hubiera reclamaciones o alegaciones transcurrido el plazo de presentación de las
mismas, las puntuaciones provisionales serán elevadas a definitivas.
6.3 Calificación.
La calificación final obtenida por cada aspirante en el proceso selectivo, que vendrá dada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.
De producirse empate, en la puntuación de dos o más aspirantes, para determinar el orden que les corresponde, se
resolverá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación según el siguiente orden: En primer lugar, teniendo en
cuenta los resultados de la prueba teórica. Si persistiera el empate, se tendría en cuenta las personas con doctorado; en
caso de continuar el empate, la valoración de las personas con máster y, finalmente, las personas con más número de horas
de formación.
Si fuera necesario, se recurriría al sorteo.
Base séptima. Relación de aprobados y presentación de documentos.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final, el Tribunal hará público en la Web:
https://mriobodion.es: en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad y sede electrónica de la mancomunidad,
https://sede.mriobodion.es una relación en la que conste:
- Las calificaciones finales obtenidas por los aspirantes que han participado en el proceso.
- Los aspirantes que han superado el proceso por orden decreciente de calificación.
- Aspirante cuya contratación se propone con indicación de la puntuación obtenida.
- Aspirantes que quedan en bolsa de trabajo con indicación del número de orden y la puntuación obtenida.
Seguidamente, elevará dicha relación al Sr. Presidente, formulando la correspondiente propuesta de
contratación según lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Dentro del plazo de dos días hábiles desde la publicación de la relación donde conste la persona seleccionada, ésta deberá
aportar, en la sede de la Mancomunidad, los siguientes documentos originales:
- DNI.
- Documentos originales de la titulación académica requerida.
- Documentos originales de los méritos aportados.
- N.º Seguridad Social.
- N.º cuenta bancaria.
La no presentación de la interesada o de la documentación requerida, en el plazo que se establece, dará lugar a la exclusión
del mismo a favor del aspirante siguiente en la lista de seleccionados.
Base octava. Bolsa de trabajo.
Finalizado el proceso selectivo, se constituirá una bolsa de trabajo con los/as aspirantes que, habiendo superado el proceso
de selección, no hayan obtenido plaza a efectos de posteriores contrataciones para cubrir temporalmente la vacante que
pudiera producirse.
Así, en caso de que la persona seleccionada cause baja por cualquier motivo, la Mancomunidad podrá contratar, a los/as
aspirantes que sucesivamente, hayan obtenido las mejores puntuaciones en el proceso selectivo.
En tal caso, la Presidencia, ofertará la contratación por riguroso orden de puntuación de la relación de candidatos/as.
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