Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00469/2025)
Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Puerta de la Serena"
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 469/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 469/2025
Reglamento de régimen interno del programa ESCALA "Puerta de la Serena"
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA ESCALA "PUERTA DE LA SERENA"
PREÁMBULO.
1. El programa ESCALA "Puerta de la Serena" es un programa mixto de empleo y formación que tiene por
objeto mejorar la ocupabilidad de alumnos/as desempleados/as, inscritos/as en el Servicio Extremeño Público
de Empleo, y la finalidad de facilitar la cualificación e inserción laboral de los/as mismos/as.
2. El programa ESCALA "Puerta de la Serena" es un centro de formación dependiente del Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, en el que las funciones de los órganos y responsables internos del programa se
ejercen sin perjuicio de la superior decisión de la Concejalía de Personal del Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena como representante de la entidad promotora y de las normas exigidas por el SEXPE.
3. Las personas trabajadoras que se rigen por las normas contenidas en este Reglamento son los que, a la
fecha de su aprobación, están vinculadas al equipo técnico del centro: Director/a-gestor/a, coordinador/a de
formación-tutor/a de acompañamiento, coordinador/a de obras, monitores/as de revestimientos, soldadura y
jardinería, y auxiliar administrativo, así como los/as alumnos/as-trabajadores/as.
Este Reglamento también se aplicará al personal que en adelante se incorpore al programa.
4. Si alguna de las normas contenidas en este Reglamento, especialmente las de carácter laboral, lesionaran
gravemente los derechos de las personas trabajadoras del programa y entrara en contradicción con la
legislación laboral vigente, se atenderá a lo dispuesto en esta última.
5. El equipo técnico y los/as alumnos/as-trabajadores/as asumirán, además de los preceptos y normas
recogidos en el Reglamento, los específicos de su contrato y los establecidos en el convenio laboral de la
entidad promotora, y con carácter general las que se reconocen en el estatuto de los trabajadores, así como
cualquier otra normativa laboral vigente de referencia.
FUNDAMENTACIÓN.
El presente documento se entenderá como una propuesta de mínimos, que pretende conseguir la interiorización de las
normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran dicho
proyecto.
Este Reglamento será de aplicación a la totalidad del personal directivo, docente, auxiliar y de apoyo, así como a las
personas beneficiarias del programa que participan en él, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que
regula este tipo de programas, el estatuto de los trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad promotora y
demás legislación aplicable.
Su efectividad se hará extensiva a lo largo de la fase del proyecto donde se realizarán actividades de formación en
alternancia con trabajo efectivo.
ASAMBLEA DE ALUMNOS Y ALUMNAS.
La asamblea de alumnos y alumnas es el órgano general de participación del alumnado en el funcionamiento del centro. A
través de la asamblea, los alumnos y alumnas eligen a su delegado/a y subdelegado/a general, que actúan como
representantes del alumnado de las diferentes especialidades.
Las funciones del/a delegado/a y subdelegado/a serán las siguientes:
- Trasladar al claustro la problemática de cada grupo.
- Hacerse oír en los órganos de gobierno, colegiados y unipersonales, sobre aquellos temas que les afecten:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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PREÁMBULO.
1. El programa ESCALA "Puerta de la Serena" es un programa mixto de empleo y formación que tiene por
objeto mejorar la ocupabilidad de alumnos/as desempleados/as, inscritos/as en el Servicio Extremeño Público
de Empleo, y la finalidad de facilitar la cualificación e inserción laboral de los/as mismos/as.
2. El programa ESCALA "Puerta de la Serena" es un centro de formación dependiente del Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, en el que las funciones de los órganos y responsables internos del programa se
ejercen sin perjuicio de la superior decisión de la Concejalía de Personal del Ayuntamiento de Villanueva de la
Serena como representante de la entidad promotora y de las normas exigidas por el SEXPE.
3. Las personas trabajadoras que se rigen por las normas contenidas en este Reglamento son los que, a la
fecha de su aprobación, están vinculadas al equipo técnico del centro: Director/a-gestor/a, coordinador/a de
formación-tutor/a de acompañamiento, coordinador/a de obras, monitores/as de revestimientos, soldadura y
jardinería, y auxiliar administrativo, así como los/as alumnos/as-trabajadores/as.
Este Reglamento también se aplicará al personal que en adelante se incorpore al programa.
4. Si alguna de las normas contenidas en este Reglamento, especialmente las de carácter laboral, lesionaran
gravemente los derechos de las personas trabajadoras del programa y entrara en contradicción con la
legislación laboral vigente, se atenderá a lo dispuesto en esta última.
5. El equipo técnico y los/as alumnos/as-trabajadores/as asumirán, además de los preceptos y normas
recogidos en el Reglamento, los específicos de su contrato y los establecidos en el convenio laboral de la
entidad promotora, y con carácter general las que se reconocen en el estatuto de los trabajadores, así como
cualquier otra normativa laboral vigente de referencia.
FUNDAMENTACIÓN.
El presente documento se entenderá como una propuesta de mínimos, que pretende conseguir la interiorización de las
normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran dicho
proyecto.
Este Reglamento será de aplicación a la totalidad del personal directivo, docente, auxiliar y de apoyo, así como a las
personas beneficiarias del programa que participan en él, sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que
regula este tipo de programas, el estatuto de los trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad promotora y
demás legislación aplicable.
Su efectividad se hará extensiva a lo largo de la fase del proyecto donde se realizarán actividades de formación en
alternancia con trabajo efectivo.
ASAMBLEA DE ALUMNOS Y ALUMNAS.
La asamblea de alumnos y alumnas es el órgano general de participación del alumnado en el funcionamiento del centro. A
través de la asamblea, los alumnos y alumnas eligen a su delegado/a y subdelegado/a general, que actúan como
representantes del alumnado de las diferentes especialidades.
Las funciones del/a delegado/a y subdelegado/a serán las siguientes:
- Trasladar al claustro la problemática de cada grupo.
- Hacerse oír en los órganos de gobierno, colegiados y unipersonales, sobre aquellos temas que les afecten:
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