Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00466/2025)
Bases de la convocatoria para la selección de personal funcionario por concurso-oposición, para una plaza de Trabajador/a Social
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 466/2025

B) Segunda prueba: Prueba práctica, consistente en la superación de uno o varios supuestos prácticos, en el
tiempo y con los medios auxiliares que dicho Tribunal disponga, en los que deberán acreditarse los
conocimientos que se posean en referencia a la plaza objeto de la convocatoria, de acuerdo con el anexo II. La
prueba se calificará con un máximo de 10 puntos.
Este ejercicio práctico será valorado por el Tribunal, apreciándose fundamentalmente la capacidad y
formación general, comprensión de los conocimientos, la claridad de ideas, la precisión y rigor en las
respuestas y la calidad de expresión escrita, así como la resolución de los casos. Tras la exposición de la lista
provisional del segundo ejercicio por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles
reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan pasado esta primera fase, después de
haber superado los dos ejercicios de la misma.
6.1.2.- Determinación de la puntuación:
La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el Tribunal
otorgando un máximo de diez puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio.
En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,06 puntos,
no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal,
eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a
dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, sólo se
eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
6.2.- Fase de concurso:
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan sido considerados
como aptos en la citada fase de oposición.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán hasta un máximo de 4 puntos, de acuerdo con el
siguiente baremo:
a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 2 puntos:
- Servicios efectivos prestados como Trabajador/a Social, en Administraciones Públicas, en igual
puesto y función al de la convocatoria: 0,10 puntos por cada 30 días de servicio efectivo; y como
Trabajador/a Social en otro puesto o función: 0,05 puntos por cada 30 días de servicio efectivo
(debiendo aportar certificados de empresa, contrato y/o nombramiento, y vida laboral). A estos
efectos se despreciarán las fracciones.
- Servicios efectivos prestados como Trabajador/a Social, en el resto de entes del sector público
no AAPP y sector privado: 0,05 puntos por cada 30 días de servicio efectivo (debiendo aportar
certificados de empresa, contrato y/o nombramiento, y vida laboral). A estos efectos se
despreciarán las fracciones.
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada efectivamente
trabajada en la proporción que se haya realizado.
b) Los títulos/cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/Centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública/Colegios profesionales, debidamente
acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la
plaza/puesto que se opta (y relacionados con el temario del anexo II), atendiendo a lo siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 15