Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00440/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Aprendizaje Laboral "Valdequemao XII" del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 440/2025

20. Delegada/o de cada especialidad.
Entre las funciones de los/as delegados/as, están:
- Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
- Cooperar con los monitores en el mantenimiento del orden de los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, haciéndose cada persona responsable de las tareas que le hayan sido encomendadas.
- Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
- Proponer acciones y actividades al equipo técnico y docente de la escuela de aprendizaje laboral, que
convengan a los alumnos a los que representan por decisión consensuada de los mismos.
- Informar a sus compañeros y compañeras de los aspectos relativos a su taller.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros y
compañeras.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el taller.
IV. Condiciones laborales
Las condiciones laborales del personal de la escuela de aprendizaje laboral "VALDEQUEMAO XII", por ser personal
contratado por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, serán las aprobadas en el "Acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal al servicio del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros". En lo no establecido en este
convenio se estará a lo dispuesto en normativa superior que lo regule.
No obstante, y sin perjuicio de lo dictado en dicho convenio, por la consideración de proyecto de formación para el empleo,
y las particularidades que ello conlleva, se establecen las siguientes especificaciones.
Las condiciones laborales aprobadas en el "Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio del
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros" se aplicarán a los alumnos trabajadores que pasen a la segunda etapa de
formación en alternancia con el empleo.
21. Horarios.
- El horario oficial de la escuela de aprendizaje laboral "VALDEQUEMAO XII" de Villafranca de los Barros es de
7:45 horas a las 15:15 horas de lunes a viernes.
- Se considerará jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas
a trabajos reales.
- Los horarios y jornadas laborales de cada uno de los miembros de la escuela son los que se reflejan en cada
uno de sus contratos laborales.
- Durante la jornada laboral no estará permitido la realización de tareas ajenas a la escuela de aprendizaje
laboral, así como el abandono de los puestos de trabajo. Cualquier excepción a esa norma será fijada una vez
exista acuerdo entre el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros y la dirección del centro.
- A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia de la escuela de aprendizaje laboral
"VALDEQUEMAO XII" se establecerá un descanso de treinta minutos, pasados los cuales todo el personal se
incorporará a sus respectivas tareas.
22. Condiciones económicas.
- Los salarios se fijarán en base a los criterios establecidos por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros en
base a la subvención concedida mediante resolución de concesión de la Dirección General de Calidad en el
Empleo del SEXPE para el desarrollo de la escuela de aprendizaje laboral "VALDEQUEMAO XII".
- El equipo técnico-docente han sido contratados formalmente, por un período de un año y 14 días, mientras
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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