Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00405/2025)
Aprobación definitiva del acuerdo de aprobación del Organismo Autónomo Local Ente Municipal de Apoyo a las Políticas Sociales (EMASOC) y aprobación de sus estatutos
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Ayuntamiento de Zafra
Anuncio 405/2025
que sean precisas, dando cuenta al Consejo Rector, en la primera reunión que este celebre, para que se
resuelva definitivamente.
9. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal del Organismo Autónomo, con carácter indelegable y
ejercer todas las atribuciones en materia de personal no atribuidas al Consejo Rector y, en particular, las
siguientes:
a) Aprobar la oferta pública de empleo.
b) Aprobar las bases de los procesos selectivos de personal.
c) Distribuir las retribuciones que no sean fijas y periódicas, propuestas para su aprobación, en
términos globales, por el Consejo Rector al Pleno del Excmo. Ayuntamiento.
d) Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios, suspender preventivamente y separar
del servicio a toda clase de personal.
e) Ordenar e impulsar la tramitación administrativa, así como efectuar las órdenes precisas al
personal a cargo del Organismo Autónomo.
10. Cualquier otra atribución que pueda corresponder al Organismo Autónomo y no se se encuentre
reservada por estos estatutos al Consejo Rector o por la legislación de régimen local al Excmo. Ayuntamiento
de Zafra.
11. La Presidencia puede delegar en la Vicepresidencia todas las atribuciones efectuadas, salvo aquellas
declaradas como indelegables.
Artículo 18.
18.1. La Vicepresidencia la ostenta el Concejal designado a tales efectos por la Presidencia.
18.2. La Vicepresidencia asume todas las atribuciones que sean susceptibles de delegación y que así sean
delegadas expresamente por la Presidencia.
18.3. En caso de ausencia del Presidente/a, el Vicepresidente/a sustituirá al Presidente/a en el ejercicio de sus
atribuciones.
TÍTULO TERCERO. RÉGIMEN ECONÓMICO
CAPÍTULO I. PATRIMONIO
Artículo 19.
19.1. El Patrimonio del Organismo Autónomo está constituido por el conjunto de bienes y derechos que le
pertenecen por afectación efectuada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, así como los que se
generen por consecuencia de su actividad administrativa y económico-financiera.
19.2. El Organismo Autónomo podrá usar y disfrutar de los bienes que formen parte del Patrimonio vinculado
a sus fines.
CAPÍTULO II. HACIENDA
Artículo 20.
20.1. Los recursos económicos del Organismo Autónomo están constituidos por:
a) Los ingresos generados por sus bienes muebles, inmuebles, derechos reales y créditos.
b) Las subvenciones de las que el Organismo Autónomo sea receptor y por las aportaciones
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que sean precisas, dando cuenta al Consejo Rector, en la primera reunión que este celebre, para que se
resuelva definitivamente.
9. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal del Organismo Autónomo, con carácter indelegable y
ejercer todas las atribuciones en materia de personal no atribuidas al Consejo Rector y, en particular, las
siguientes:
a) Aprobar la oferta pública de empleo.
b) Aprobar las bases de los procesos selectivos de personal.
c) Distribuir las retribuciones que no sean fijas y periódicas, propuestas para su aprobación, en
términos globales, por el Consejo Rector al Pleno del Excmo. Ayuntamiento.
d) Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios, suspender preventivamente y separar
del servicio a toda clase de personal.
e) Ordenar e impulsar la tramitación administrativa, así como efectuar las órdenes precisas al
personal a cargo del Organismo Autónomo.
10. Cualquier otra atribución que pueda corresponder al Organismo Autónomo y no se se encuentre
reservada por estos estatutos al Consejo Rector o por la legislación de régimen local al Excmo. Ayuntamiento
de Zafra.
11. La Presidencia puede delegar en la Vicepresidencia todas las atribuciones efectuadas, salvo aquellas
declaradas como indelegables.
Artículo 18.
18.1. La Vicepresidencia la ostenta el Concejal designado a tales efectos por la Presidencia.
18.2. La Vicepresidencia asume todas las atribuciones que sean susceptibles de delegación y que así sean
delegadas expresamente por la Presidencia.
18.3. En caso de ausencia del Presidente/a, el Vicepresidente/a sustituirá al Presidente/a en el ejercicio de sus
atribuciones.
TÍTULO TERCERO. RÉGIMEN ECONÓMICO
CAPÍTULO I. PATRIMONIO
Artículo 19.
19.1. El Patrimonio del Organismo Autónomo está constituido por el conjunto de bienes y derechos que le
pertenecen por afectación efectuada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, así como los que se
generen por consecuencia de su actividad administrativa y económico-financiera.
19.2. El Organismo Autónomo podrá usar y disfrutar de los bienes que formen parte del Patrimonio vinculado
a sus fines.
CAPÍTULO II. HACIENDA
Artículo 20.
20.1. Los recursos económicos del Organismo Autónomo están constituidos por:
a) Los ingresos generados por sus bienes muebles, inmuebles, derechos reales y créditos.
b) Las subvenciones de las que el Organismo Autónomo sea receptor y por las aportaciones
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