Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00405/2025)
Aprobación definitiva del acuerdo de aprobación del Organismo Autónomo Local Ente Municipal de Apoyo a las Políticas Sociales (EMASOC) y aprobación de sus estatutos
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Ayuntamiento de Zafra
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dependencias.
Artículo 4.
El ámbito territorial para el desarrollo de las actividades y funciones asignadas a este Organismo Autónomo es el término
municipal de Zafra. No obstante, para los objetivos y funciones asignadas podrán establecerse fórmulas de coordinación y
coordinación con los negociados y departamentos del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, así como con las administraciones
provinciales, autonómica y estatal, así como otras entidades de carácter local.
Artículo 5.
Los fines del ente municipal de apoyo a las políticas sociales son:
a) La gestión de los servicios asistenciales de carácter municipal o que se presten en colaboración o
coordinación con otras administraciones: La residencia de la tercera edad y el servicio de ayuda a domicilio.
b) El desarrollo de acciones, actividades y planes de fomento del desarrollo social y económico del municipio
de Zafra.
c) Cualquier otro cometido dentro dentro del campo de los servicios asistenciales y del fomento del desarrollo
social y económico que le sean encargados por el Excmo. Ayuntamiento de Zafra y que se sitúe conforme a
los fines y objetivos encomendados a este Organismo Autónomo.
TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 6.
El ente municipal de apoyo a las políticas sociales está compuesto por los siguientes órganos de gobierno:
a) El Consejo Rector.
b) El Presidente.
c) El Vicepresidente.
CAPÍTULO I. EL CONSEJO RECTOR
Artículo 7.
7.1. El Consejo Rector ejerce el gobierno, la administración y gestión del Organismo Autónomo.
7.2. El Consejo Rector está compuesto por los siguientes miembros:
a) Presidente/a: Alcalde/sa del Excmo. Ayuntamiento de Zafra.
b) Vicepresidente/a: Concejal/a que tenga encomendad a las materias de servicios sociales o,
en su defecto, el Concejal que ostente la primera Tenencia de Alcaldía.
c) Vocales: Un Vocal en representación de cada grupo municipal o Concejal no adscrito del
Pleno del Excmo. de Ayuntamiento de Zafra.
7.3. Los miembros del Consejo Rector se relacionarán electrónicamente con el Organismo Autónomo y con el
Excmo. Ayuntamiento de Zafra.
Artículo 8.
8.1. Las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería del Ente Municipal de Apoyo a las Políticas Sociales
serán desempeñadas por el Secretario/a General, el Interventor/a Municipal y el Tesorero/a del Excmo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Artículo 4.
El ámbito territorial para el desarrollo de las actividades y funciones asignadas a este Organismo Autónomo es el término
municipal de Zafra. No obstante, para los objetivos y funciones asignadas podrán establecerse fórmulas de coordinación y
coordinación con los negociados y departamentos del Excmo. Ayuntamiento de Zafra, así como con las administraciones
provinciales, autonómica y estatal, así como otras entidades de carácter local.
Artículo 5.
Los fines del ente municipal de apoyo a las políticas sociales son:
a) La gestión de los servicios asistenciales de carácter municipal o que se presten en colaboración o
coordinación con otras administraciones: La residencia de la tercera edad y el servicio de ayuda a domicilio.
b) El desarrollo de acciones, actividades y planes de fomento del desarrollo social y económico del municipio
de Zafra.
c) Cualquier otro cometido dentro dentro del campo de los servicios asistenciales y del fomento del desarrollo
social y económico que le sean encargados por el Excmo. Ayuntamiento de Zafra y que se sitúe conforme a
los fines y objetivos encomendados a este Organismo Autónomo.
TÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 6.
El ente municipal de apoyo a las políticas sociales está compuesto por los siguientes órganos de gobierno:
a) El Consejo Rector.
b) El Presidente.
c) El Vicepresidente.
CAPÍTULO I. EL CONSEJO RECTOR
Artículo 7.
7.1. El Consejo Rector ejerce el gobierno, la administración y gestión del Organismo Autónomo.
7.2. El Consejo Rector está compuesto por los siguientes miembros:
a) Presidente/a: Alcalde/sa del Excmo. Ayuntamiento de Zafra.
b) Vicepresidente/a: Concejal/a que tenga encomendad a las materias de servicios sociales o,
en su defecto, el Concejal que ostente la primera Tenencia de Alcaldía.
c) Vocales: Un Vocal en representación de cada grupo municipal o Concejal no adscrito del
Pleno del Excmo. de Ayuntamiento de Zafra.
7.3. Los miembros del Consejo Rector se relacionarán electrónicamente con el Organismo Autónomo y con el
Excmo. Ayuntamiento de Zafra.
Artículo 8.
8.1. Las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería del Ente Municipal de Apoyo a las Políticas Sociales
serán desempeñadas por el Secretario/a General, el Interventor/a Municipal y el Tesorero/a del Excmo.
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