Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (00359/2025)
Ampliación del plazo de la convocatoria de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 359/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Badajoz
Anuncio 359/2025
Ampliación del plazo de la convocatoria de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas
para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS CON SEDE SOCIAL Y CENTROS OPERATIVOS EN
LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA LA MEJORA DE LA CAPACITACIÓN DE SUS TRABAJADORES/AS DURANTE EL AÑO 2025
DECRETO
En Badajoz, a… (fecha de la firma electrónica).
Visto el informe, de fecha 30 de enero actual, del Director de la Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo.
RESULTANDO:
Primero: Que con fecha 19 de diciembre de 2024 (BOP n.º 250, de 31/12/2024), se aprueban las bases
específicas y la convocatoria de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas
trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la
mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025.
Segundo: Que en la base 8 se establece que el plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
(BOP), es decir, la fecha límite 31/1/2025.
CONSIDERANDO:
Primero: Que hasta la fecha de hoy solo se han recibido dos solicitudes de subvención, por lo que no podrá
alcanzarse el objetivo programado por esta Área, de fomentar la formación dentro de las empresas, adaptada
a sus cometidos y necesidades específicas.
Segundo: Que habiéndose consultado a distintas empresas de la provincia que resultaron beneficiarias en
ediciones anteriores de esta línea de subvenciones, sobre las posibles causas de su no concurrencia a esta
edición, concluyendo que ha sido debido a una insuficiente publicidad de la convocatoria y al reducido plazo
concedido para la elaboración de las propuestas formativas y presentación de las solicitudes.
Tercero: Que una posible ampliación del referido plazo no supondría ningún perjuicio para los intereses de
los dos solicitantes ni para otros terceros, dada la limitación establecida en las bases sobre de las cuantías
máximas de las subvenciones susceptibles de conceder, y el reducido número de empresas tradicionalmente
interesadas en esta línea de subvenciones.
Por consiguiente…
HE RESUELTO:
Primero: Modificar la base 8 de la convocatoria en los siguientes términos:
Donde dice:
"Base 8. Solicitudes y documentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4
Anuncio 359/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Badajoz
Anuncio 359/2025
Ampliación del plazo de la convocatoria de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas
para la mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025
MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ DIRIGIDAS A PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y EMPRESAS CON SEDE SOCIAL Y CENTROS OPERATIVOS EN
LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA LA MEJORA DE LA CAPACITACIÓN DE SUS TRABAJADORES/AS DURANTE EL AÑO 2025
DECRETO
En Badajoz, a… (fecha de la firma electrónica).
Visto el informe, de fecha 30 de enero actual, del Director de la Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo.
RESULTANDO:
Primero: Que con fecha 19 de diciembre de 2024 (BOP n.º 250, de 31/12/2024), se aprueban las bases
específicas y la convocatoria de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas
trabajadoras autónomas y empresas con sede social y centros operativos en la provincia de Badajoz, para la
mejora de la capacitación de sus trabajadores/as durante el año 2025.
Segundo: Que en la base 8 se establece que el plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
(BOP), es decir, la fecha límite 31/1/2025.
CONSIDERANDO:
Primero: Que hasta la fecha de hoy solo se han recibido dos solicitudes de subvención, por lo que no podrá
alcanzarse el objetivo programado por esta Área, de fomentar la formación dentro de las empresas, adaptada
a sus cometidos y necesidades específicas.
Segundo: Que habiéndose consultado a distintas empresas de la provincia que resultaron beneficiarias en
ediciones anteriores de esta línea de subvenciones, sobre las posibles causas de su no concurrencia a esta
edición, concluyendo que ha sido debido a una insuficiente publicidad de la convocatoria y al reducido plazo
concedido para la elaboración de las propuestas formativas y presentación de las solicitudes.
Tercero: Que una posible ampliación del referido plazo no supondría ningún perjuicio para los intereses de
los dos solicitantes ni para otros terceros, dada la limitación establecida en las bases sobre de las cuantías
máximas de las subvenciones susceptibles de conceder, y el reducido número de empresas tradicionalmente
interesadas en esta línea de subvenciones.
Por consiguiente…
HE RESUELTO:
Primero: Modificar la base 8 de la convocatoria en los siguientes términos:
Donde dice:
"Base 8. Solicitudes y documentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 4