Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00334/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Vegalcab 2.0"
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Ayuntamiento de Don Benito

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 334/2025
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Vegalcab 2.0"

El Pleno del Ayuntamiento de Don Benito en sesión celebrada con fecha 27-1-2025, aprobó el Reglamento de Régimen
Interno para el Programa de Formación en alternancia con el empleo de la Escuela de aprendizaje laboral de Extremadura.
Programa Escala "Vegalcab 2.0".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Don Benito, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Fernanda Sánchez Rodríguez.
_______________
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA EL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO DE LA
ESCUELA DE APRENDIZAJE LABORAL DE EXTREMADURA. PROGRAMA ESCALA "VEGALCAB 2.0"
ÍNDICE:
Artículo 1: Introducción.
Artículo 2: Ámbito de aplicación.
Artículo 3: Objetivos generales del proyecto.
Artículo 4: Condiciones del alumnado becario y del alumnado-trabajador.
Artículo 5: Condiciones del Equipo Técnico.
Artículo 6: Organización General y órganos de Gestión.
Artículo 7: Horario de trabajo.
Artículo 8: Calendario laboral y vacaciones anuales.
Artículo 9: Permisos y licencias.
Artículo 10: Normas generales.
Artículo 11: Derechos.
Artículo 12: Deberes.
Artículo 13: Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, descripción y procedimiento.
Artículo 14: Régimen jurídico, jurisdicción competente, entrada en vigor, vigencia, modificación/reforma.
Artículo 1. Introducción.
El Programa de formación en alternancia con el empleo de los Programas de Formación Dual, Escuelas de Aprendizaje
Laboral de Extremadura, concretados en proyectos ESCALA, se configuran como políticas activas de empleo, según se
establece en el apartado 3 del artículo 32 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero.
Los recursos destinados a las políticas activas de empleo serán gestionados, en el ámbito de sus respectivas competencias,
por los servicios públicos de empleo. Con ello, se persigue mejorar las posibilidades de inserción laboral y cualificación
profesional de las personas desempleadas e inscritas en el SEXPE, mediante actuaciones integradas de formación inicial, los
tres primeros meses y posteriormente de empleo y formación, los siguientes nueve meses. Las actuaciones estarán
especialmente vinculadas al cambio de modelo productivo y a los requerimientos de las actividades económicas emergentes
y/o con potencial en la generación de empleo.
Con la divulgación del presente documento, de carácter orientativo y entendido como una propuesta de mínimos, en
cumplimiento de lo que se establece en el decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de
concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA (DOE 129, 4 de julio)
que regulan estos programas, se pretende conseguir la interiorización de unas normas básicas de convivencia que
garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de quienes integran el proyecto.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de los proyectos temporales de formación y empleo, como pueden ser los programas de ESCALA que,
en colaboración con la Junta de Extremadura y más específicamente con el Servicio Extremeño Público de Empleo, se
puedan desarrollar en el futuro, de acuerdo a la normativa específica que regula dichos programas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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