Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00305/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 305/2025
Tratándose de un Máster, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica
finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en este apartado.
6.2.3. Formación continúa:
Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntuación total a obtener.
Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos regionales/nacionales de formación
Policía, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE.
También se valorará la formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate
de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación Policial.
Se valorarán un máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
Los cursos relativos exclusivamente a formación Policía, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y
organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se
regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas
impartidas por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma valoración
que los demás referidos en este apartado.
6.2.4. Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntuación total a obtener.
Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como
docencia certificada por universidades públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de actividades
formativas relacionadas con la labor policial.
También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de
actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial.
Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,002 puntos por hora lectiva.
6.2.5. Condecoraciones.
Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntuación a obtener en esta fase.
Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por el Gobierno de España, las comunidades
autónomas y órganos plenarios del resto de administraciones públicas, así como otros Cuerpos Policiales
Internacionales, siempre que sean concedidas a título individual, conforme al siguiente baremo:
Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.
Condecoraciones de otras administraciones o cuerpos policiales 0,10 puntos.
Reconocimientos 0,05 puntos.
6.2.6. Agrupación/conciliación vida familiar y laboral.
Representará hasta un máximo de 1,50 puntos de la puntuación total a obtener conforme se indica a
continuación:
Por destino laboral previo debidamente acreditado del o de la cónyuge o pareja de
hecho inscrita legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de
residencia en el Padrón Municipal mínima de 1 año en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias: 0,50 puntos.
La persona divorciada o separada legalmente o de hecho, cuando, existiendo
descendiente/es menor/es de edad, el convenio regulador de dicha situación establezca
una custodia compartida o un régimen de visitas incompatible con la residencia en
localidad distinta al Ayuntamiento convocante podrá obtener igualmente 0,50 puntos.
En este último caso, al ser determinante la existencia de descendiente/es menores de edad para la aplicación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Tratándose de un Máster, podrán valorarse todos los que se presenten y adicionarse a la titulación académica
finalmente valorada hasta alcanzar el máximo de puntuación prevista en este apartado.
6.2.3. Formación continúa:
Representará hasta un máximo de 3 puntos de la puntuación total a obtener.
Únicamente se valorará formación certificada por centros públicos regionales/nacionales de formación
Policía, así como titulaciones expedidas por universidades públicas de la UE.
También se valorará la formación certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate
de actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación Policial.
Se valorarán un máximo de 3.000 horas lectivas, a razón de 0,001 puntos por hora lectiva.
Los cursos relativos exclusivamente a formación Policía, que hubieran sido impartidos por Ayuntamientos y
organizaciones sindicales antes de la entrada en vigor del decreto 107/2017, de 11 de julio, por el que se
regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas
impartidas por otras entidades, o normativa que lo sustituya, podrán ser valorados con la misma valoración
que los demás referidos en este apartado.
6.2.4. Docencia.
Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntuación total a obtener.
Únicamente se valorará docencia certificada por centros regionales/nacionales de formación policial, así como
docencia certificada por universidades públicas de la UE, siempre que en este caso se trate de actividades
formativas relacionadas con la labor policial.
También se valorará la docencia certificada por centros municipales, sindicales o privados cuando se trate de
actividades formativas que hubieran sido previamente reconocidas por centros públicos
regionales/nacionales de formación policial.
Se valorarán un máximo de 250 horas lectivas, a razón de 0,002 puntos por hora lectiva.
6.2.5. Condecoraciones.
Representará hasta un máximo de 0,25 puntos de la puntuación a obtener en esta fase.
Únicamente se valorarán las condecoraciones otorgadas por el Gobierno de España, las comunidades
autónomas y órganos plenarios del resto de administraciones públicas, así como otros Cuerpos Policiales
Internacionales, siempre que sean concedidas a título individual, conforme al siguiente baremo:
Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría oro 0,25 puntos.
Medalla al Mérito de la Policía Local de Extremadura categoría plata 0,20 puntos.
Condecoraciones de otras administraciones o cuerpos policiales 0,10 puntos.
Reconocimientos 0,05 puntos.
6.2.6. Agrupación/conciliación vida familiar y laboral.
Representará hasta un máximo de 1,50 puntos de la puntuación total a obtener conforme se indica a
continuación:
Por destino laboral previo debidamente acreditado del o de la cónyuge o pareja de
hecho inscrita legalmente en el municipio convocante, con una antigüedad de
residencia en el Padrón Municipal mínima de 1 año en el momento de finalización del
plazo de presentación de instancias: 0,50 puntos.
La persona divorciada o separada legalmente o de hecho, cuando, existiendo
descendiente/es menor/es de edad, el convenio regulador de dicha situación establezca
una custodia compartida o un régimen de visitas incompatible con la residencia en
localidad distinta al Ayuntamiento convocante podrá obtener igualmente 0,50 puntos.
En este último caso, al ser determinante la existencia de descendiente/es menores de edad para la aplicación
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