Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00305/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre

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La exclusión definitiva del proceso selectivo de algún aspirante o la no presentación a la realización de los ejercicios en que
consiste la fase de oposición, no dará lugar a la devolución del importe abonado.
Estarán exentos del pago de la tasa, de acuerdo con el artículo 4 de la Ordenanza municipal los siguientes solicitantes:
a) Acrediten su condición de desempleados demandantes de empleo con presentación de la correspondiente
tarjeta de empleo o certificado del centro de empleo.
b) Los miembros de familias numerosas que tengas reconocida tal condición, clasificadas de "categoría
especial", de acuerdo con el artículo 12.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia
Numerosa.
c) Las mujeres víctimas de violencia de género, entendiéndose como tal las que cumplan el artículo 79 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en
Extremadura.
d) Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33% que aporten la tarjeta acreditativa del grado
de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.
3.7. A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:
Formulario de solicitud relleno, presentado conforme al anexo I.
Copia del DNI.
Resguardo justificativo del abono de tasas o documentación acreditativa de estar exento de abono, según lo
establecido en el apartado 3.6. En todo caso, las personas aspirantes deberán comprobar que se ha hecho constar
en el documento correspondiente al abono de la tasa el nombre y apellidos o el número de DNI de la persona
interesada, así como la especificación de la convocatoria.
La falta de presentación del resguardo acreditativo del pago de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de
presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, la mera
presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud de participación.
Declaración del aspirante, en la que, de conformidad con lo establecido por el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los términos y con los
efectos jurídicos de dicho precepto, manifiesta bajo su responsabilidad que cumple con los requisitos establecidos en
las bases de la convocatoria y en la normativa vigente para el acceso a la función pública de Policía Local del
Ayuntamiento de Fuente del Maestre, y se compromete a poner disposición de la Administración municipal dicha
documentación cuando sea requerido al efecto.
Certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento de procedencia en el que se acredite el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la base segunda, en las letras a), b), i) y j).
Curriculum vitae referido únicamente a los méritos alegados, acompañado de fotocopia de los documentos
acreditativos de los méritos alegados en la fase de concurso. A tales efectos, se deberá presentar debidamente
foliado y numerado con inclusión de un índice.
La falta de acreditación de dichos méritos no supondrá causa de exclusión del proceso selectivo, suponiendo, únicamente,
su no valoración.
Certificado de empadronamiento de la persona/s que, en su caso, motiven el mérito de "agrupación/conciliación de
la vida familiar y laboral", según se determina en el epígrafe correspondiente, así como documentación acreditativa
de las circunstancias referidas a este mérito (tales como certificados de minusvalía, informes médicos, etc.).
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará resolución aprobatoria
de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, la cual se hará pública en el Boletín Oficial
de la Provincia, en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente
del Maestre.
4.2. Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de 10
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el BOP de Badajoz y en la página web del
Ayuntamiento, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren la exclusión o aleguen la omisión, justificando su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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