Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00133/2025)
Bases y convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Auxiliar Administrativo en régimen de funcionariado
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Ayuntamiento de Oliva de Mérida
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deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla
correctora definitiva junto con la calificación de las pruebas, donde se harán constar, en su caso, las
preguntas anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por el Tribunal, que
serán sustituidas por las de reserva.
Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de puntuación
alcanzada que vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en el primer, segundo y tercer
ejercicio. Esta relación se hará pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación y en la sede
electrónica, haciendo constar la calificación final de las pruebas, que vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición siempre respetando el mínimo estipulado para la superación
de cada ejercicio.
7.- Lista de aprobados.
7.1.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de la
Corporación y en sede electrónica, la relación de aprobados por orden de puntuación.
7.2.- El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un mayor número de aspirantes
que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de
pleno derecho.
7.3.- Simultáneamente a su publicación el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la presidencia de
la Corporación, y se publicará está en la sede electrónica.
8.- Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
8.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública
la relación de aprobados prevista en el apartado 7.1, los documentos acreditativos de reunir las condiciones
para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar
las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
8.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la
documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir
por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de
nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.
8.3.- El aspirante seleccionado para ocupar la plaza debe acreditar su capacidad funcional para desempeñarla
mediante certificado de su médico de familia.
8.4.- No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria o funcionario de carrera de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
Dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga público el anuncio del
Tribunal de Selección con la relación de personas propuestas para el nombramiento en las plazas
convocadas, las personas seleccionadas deberán presentar a través de registro, y dirigido al AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Oliva de Mérida, en original o copia auténtica, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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deliberaciones, entendiéndose resueltas con la decisión que se derive de la publicación de la plantilla
correctora definitiva junto con la calificación de las pruebas, donde se harán constar, en su caso, las
preguntas anuladas en virtud de las impugnaciones planteadas, o acordadas de oficio por el Tribunal, que
serán sustituidas por las de reserva.
Concluida la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de puntuación
alcanzada que vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en el primer, segundo y tercer
ejercicio. Esta relación se hará pública por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación y en la sede
electrónica, haciendo constar la calificación final de las pruebas, que vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición siempre respetando el mínimo estipulado para la superación
de cada ejercicio.
7.- Lista de aprobados.
7.1.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de la
Corporación y en sede electrónica, la relación de aprobados por orden de puntuación.
7.2.- El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un mayor número de aspirantes
que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de
pleno derecho.
7.3.- Simultáneamente a su publicación el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la presidencia de
la Corporación, y se publicará está en la sede electrónica.
8.- Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
8.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública
la relación de aprobados prevista en el apartado 7.1, los documentos acreditativos de reunir las condiciones
para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar
las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación
acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
8.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la
documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir
por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de
nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.
8.3.- El aspirante seleccionado para ocupar la plaza debe acreditar su capacidad funcional para desempeñarla
mediante certificado de su médico de familia.
8.4.- No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionaria o funcionario de carrera de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
Dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga público el anuncio del
Tribunal de Selección con la relación de personas propuestas para el nombramiento en las plazas
convocadas, las personas seleccionadas deberán presentar a través de registro, y dirigido al AlcaldePresidente del Ayuntamiento de Oliva de Mérida, en original o copia auténtica, los siguientes documentos
acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las
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