Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Siberia (Talarrubias). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00049/2025)
Reglamento de régimen interno del Programa de Formación y Empleo Escala "Siberia Mantenimiento"
17 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Siberia
Anuncio 49/2025
- Representar a su grupo ante el equipo directivo-docente.
- Cooperar con los/as monitores/as en el mantenimiento del orden en los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, amén de que cada persona se hace responsable de las tareas que le hayan sido
encomendadas por sus monitores/as.
- Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
- Proponer acciones y actividades al equipo directivo-docente que convengan al alumnado/trabajador a los
que representan, por decisión consensuada de los mismos.
- Informar a sus compañeros/as de los aspectos relativos a cada grupo.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros/as.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el grupo.
TÍTULO SEGUNDO: CONDICIONES FORMATIVAS Y LABORALES
Artículo 6.- Condiciones del alumno y del alumnado-trabajador.
El programa de formación y empleo consta de 2 etapas, una etapa formativa inicial y otra etapa de formación en alternancia
con el trabajo. La duración de la primera etapa será de 3 meses, mientras que la segunda etapa tendrá una duración de 9
meses. Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria se entenderá
finalizado el proyecto.
Durante la etapa inicial, el alumnado recibirá formación profesional o formación en el trabajo relacionada con la ocupación a
desempeñar (se seguirán las directrices marcadas en la guía de gestión).
En esta etapa formativa inicial la jornada lectiva tendrá una duración de 7 horas al día de lunes a viernes.
Durante esta etapa formativa inicial, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca por la asistencia al proyecto y, en su
caso, una ayuda a la movilidad en los proyectos supralocales si la persona participante tiene que desplazarse a la localidad
del centro de formación desde su localidad de residencia. Se tomará como referencia para determinar la distancia entre las
localidades el resultado más corto utilizando la aplicación Google Maps (https://www.google.es/maps).
Estas becas y ayudas serán compatibles con la percepción de prestaciones o cualquier tipo de subsidios o rentas
contempladas dentro del sistema de protección por desempleo. Su percepción será incompatible con la realización de
trabajos por cuenta propia o ajena.
La entidad promotora liquidará mensualmente el importe de la beca y, en su caso, de la ayuda a la movilidad.
El alumnado no percibirá las becas correspondientes a los días lectivos que no se asista a la formación sin causa justificada y
las ayudas a la movilidad los días lectivos en los que no se asista.
Durante esta etapa formativa inicial la entidad promotora suscribirá una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad
civil, que deberá ser efectiva desde la fecha de incorporación de las personas participantes al proyecto hasta la finalización
de la etapa formativa inicial (3 meses).
Causas de expulsión del proyecto. Las personas participantes tendrán la obligación de asistir y seguir con aprovechamiento
las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, pudiendo ser causa de expulsión del proyecto y de pérdida, en su caso,
del derecho a la percepción de las becas y ayudas, las siguientes situaciones:
a) No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que permita la inserción a través de la
profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
b) Incurrir en 3 faltas no justificadas de asistencia en un mes o 5 faltas de asistencia no justificadas en toda la
etapa, teniendo 3 días hábiles de plazo para la justificación de la ausencia ante la entidad promotora.
Serán consideradas causas justificadas las que se contemplan como contingencias o riesgos comunes (como enfermedad,
maternidad, paternidad,...) y contingencias o riesgos profesionales en el sistema de la Seguridad Social (accidentes y
enfermedades profesionales), o el cumplimiento de una obligación personal impuesta por la administración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Cooperar con los/as monitores/as en el mantenimiento del orden en los espacios de formación y trabajo
asignados al grupo, amén de que cada persona se hace responsable de las tareas que le hayan sido
encomendadas por sus monitores/as.
- Asistir a las reuniones que por su cargo le correspondan.
- Proponer acciones y actividades al equipo directivo-docente que convengan al alumnado/trabajador a los
que representan, por decisión consensuada de los mismos.
- Informar a sus compañeros/as de los aspectos relativos a cada grupo.
- Elaborar y redactar propuestas para el equipo por iniciativa propia o a petición de sus compañeros/as.
- Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo docente de los posibles problemas que se generen
en el grupo.
TÍTULO SEGUNDO: CONDICIONES FORMATIVAS Y LABORALES
Artículo 6.- Condiciones del alumno y del alumnado-trabajador.
El programa de formación y empleo consta de 2 etapas, una etapa formativa inicial y otra etapa de formación en alternancia
con el trabajo. La duración de la primera etapa será de 3 meses, mientras que la segunda etapa tendrá una duración de 9
meses. Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria se entenderá
finalizado el proyecto.
Durante la etapa inicial, el alumnado recibirá formación profesional o formación en el trabajo relacionada con la ocupación a
desempeñar (se seguirán las directrices marcadas en la guía de gestión).
En esta etapa formativa inicial la jornada lectiva tendrá una duración de 7 horas al día de lunes a viernes.
Durante esta etapa formativa inicial, el alumnado tendrá derecho a percibir una beca por la asistencia al proyecto y, en su
caso, una ayuda a la movilidad en los proyectos supralocales si la persona participante tiene que desplazarse a la localidad
del centro de formación desde su localidad de residencia. Se tomará como referencia para determinar la distancia entre las
localidades el resultado más corto utilizando la aplicación Google Maps (https://www.google.es/maps).
Estas becas y ayudas serán compatibles con la percepción de prestaciones o cualquier tipo de subsidios o rentas
contempladas dentro del sistema de protección por desempleo. Su percepción será incompatible con la realización de
trabajos por cuenta propia o ajena.
La entidad promotora liquidará mensualmente el importe de la beca y, en su caso, de la ayuda a la movilidad.
El alumnado no percibirá las becas correspondientes a los días lectivos que no se asista a la formación sin causa justificada y
las ayudas a la movilidad los días lectivos en los que no se asista.
Durante esta etapa formativa inicial la entidad promotora suscribirá una póliza de seguro de accidentes y responsabilidad
civil, que deberá ser efectiva desde la fecha de incorporación de las personas participantes al proyecto hasta la finalización
de la etapa formativa inicial (3 meses).
Causas de expulsión del proyecto. Las personas participantes tendrán la obligación de asistir y seguir con aprovechamiento
las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, pudiendo ser causa de expulsión del proyecto y de pérdida, en su caso,
del derecho a la percepción de las becas y ayudas, las siguientes situaciones:
a) No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que permita la inserción a través de la
profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
b) Incurrir en 3 faltas no justificadas de asistencia en un mes o 5 faltas de asistencia no justificadas en toda la
etapa, teniendo 3 días hábiles de plazo para la justificación de la ausencia ante la entidad promotora.
Serán consideradas causas justificadas las que se contemplan como contingencias o riesgos comunes (como enfermedad,
maternidad, paternidad,...) y contingencias o riesgos profesionales en el sistema de la Seguridad Social (accidentes y
enfermedades profesionales), o el cumplimiento de una obligación personal impuesta por la administración.
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