Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00029/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de transparencia y participación ciudadana
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 29/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 29/2025
Aprobación definitiva del Reglamento de transparencia y participación ciudadana
El Excmo. Ayuntamiento pleno con fecha 28 de noviembre de 2024, ha aprobado definitivamente el Reglamento de
participación ciudadana de Jerez de los Caballeros en los términos aprobados en el acuerdo indicado, cuyo texto íntegro se
hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases del
Régimen Local:
"REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS
PREÁMBULO
La Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad-Saint-Denis, 18 de mayo de 2000- reconoce el
derecho de todas las personas «a la ciudad», entendida como espacio de participación democrática y lugar de convivencia y
de realización humana y, en particular, afirma el derecho a la participación política, el derecho de asociación, de reunión y de
manifestación, y el derecho a la información, sin discriminación de ningún tipo. Asimismo, la carta apela al principio de
transparencia como derecho ciudadano que hay que respetar y garantizar, lo que alcanza al deber de la administración para
hacer conocer a la ciudadanía sus derechos.
De la misma manera, la Carta Europea de Autonomía Local, tras consagrar la autonomía local en su artículo 3.1.º, el
apartado 2.º añade que este derecho se ejercerá por asambleas o consejos integrados mediante un sistema indirecto de
participación (sufragio), añadiendo que "esta disposición no excluye el recurso a las asambleas de ciudadanos/as, al
referéndum o cualquier otra forma de participación directa de la ciudadanía allí donde esté permitido por la Ley".
Este Reglamento de participación ciudadana revela el compromiso del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros ante los
ciudadanos y ciudadanas para fomentar la participación democrática y la transparencia en los asuntos públicos locales, de
acuerdo con el ordenamiento legal en cada momento vigente y conforme a los principios que inspiran la Carta Europea de
Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad.
Mediante la redacción del presente Reglamento de participación en la vida municipal, el Ayuntamiento pretende detallar en
un único documento los derechos ciudadanos de participación, los órganos de participación vigentes en el municipio, así
como las metodologías tendentes a fomentar la información, la transparencia y la participación de los vecinos y vecinas del
municipio.
La participación es un concepto que ha arraigado en la vida socio-política de las democracias modernas durante las últimas
décadas y, de un modo muy especial, durante los primeros años del presente siglo XXI. Muestra de ello es la convergencia
de esfuerzos normativos, prácticos, formativos e investigadores en esta materia. La adecuación a estas exigencias la vemos
reflejada en las diferentes leyes y normas vigentes, que amparan decididamente la participación ciudadana como derecho.
La razón de ser de este protagonismo creciente de la participación ciudadana es el compromiso, cada vez más extendido, de
las administraciones públicas en la búsqueda del buen gobierno entendido como la garantía del ejercicio del interés general.
En esta adaptación del ejercicio del gobierno a los intereses comunes, muchas veces difusos, de la sociedad, los municipios
son el ámbito que más ha desarrollado las políticas de participación ciudadana.
Para alcanzar este fin, las administraciones públicas necesitan conocer la opinión de los ciudadanos y las ciudadanas sobre
los asuntos de su competencia y así tratar de responder de un modo adecuado a las aspiraciones sociales. Pero no solo se
trata de conocer una opinión estática de la ciudadanía, sino de interactuar desde la Administración Pública, de un modo
sostenido, con la ciudadanía en general y los expertos y expertas locales en particular, enriqueciendo de este modo el punto
de partida de las opiniones tanto de la ciudadanía como de la propia Administración Pública Local en sus 2 dimensiones técnica y política-.
Durante los últimos años hay una proliferación de estudios procedentes de las diferentes áreas de las ciencias sociales
sobre la importancia de la transparencia por su contribución potencial al desarrollo de la democracia, que precisa
imperiosamente una ciudadanía bien informada capaz de evaluar la acción del gobierno, en este caso local. La transparencia
se está convirtiendo en un valor esencial de la vida política. Las directivas europeas vienen trabajando los principios de la
transparencia en la gestión pública de un modo continuado, apostando por la información veraz, ágil y accesible. En la
misma línea, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno supone
un impulso a los ejes de "publicidad activa", "derecho de acceso a la información" y "buen gobierno".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Excmo. Ayuntamiento pleno con fecha 28 de noviembre de 2024, ha aprobado definitivamente el Reglamento de
participación ciudadana de Jerez de los Caballeros en los términos aprobados en el acuerdo indicado, cuyo texto íntegro se
hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases del
Régimen Local:
"REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS
PREÁMBULO
La Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad-Saint-Denis, 18 de mayo de 2000- reconoce el
derecho de todas las personas «a la ciudad», entendida como espacio de participación democrática y lugar de convivencia y
de realización humana y, en particular, afirma el derecho a la participación política, el derecho de asociación, de reunión y de
manifestación, y el derecho a la información, sin discriminación de ningún tipo. Asimismo, la carta apela al principio de
transparencia como derecho ciudadano que hay que respetar y garantizar, lo que alcanza al deber de la administración para
hacer conocer a la ciudadanía sus derechos.
De la misma manera, la Carta Europea de Autonomía Local, tras consagrar la autonomía local en su artículo 3.1.º, el
apartado 2.º añade que este derecho se ejercerá por asambleas o consejos integrados mediante un sistema indirecto de
participación (sufragio), añadiendo que "esta disposición no excluye el recurso a las asambleas de ciudadanos/as, al
referéndum o cualquier otra forma de participación directa de la ciudadanía allí donde esté permitido por la Ley".
Este Reglamento de participación ciudadana revela el compromiso del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros ante los
ciudadanos y ciudadanas para fomentar la participación democrática y la transparencia en los asuntos públicos locales, de
acuerdo con el ordenamiento legal en cada momento vigente y conforme a los principios que inspiran la Carta Europea de
Salvaguarda de los Derechos Humanos en la Ciudad.
Mediante la redacción del presente Reglamento de participación en la vida municipal, el Ayuntamiento pretende detallar en
un único documento los derechos ciudadanos de participación, los órganos de participación vigentes en el municipio, así
como las metodologías tendentes a fomentar la información, la transparencia y la participación de los vecinos y vecinas del
municipio.
La participación es un concepto que ha arraigado en la vida socio-política de las democracias modernas durante las últimas
décadas y, de un modo muy especial, durante los primeros años del presente siglo XXI. Muestra de ello es la convergencia
de esfuerzos normativos, prácticos, formativos e investigadores en esta materia. La adecuación a estas exigencias la vemos
reflejada en las diferentes leyes y normas vigentes, que amparan decididamente la participación ciudadana como derecho.
La razón de ser de este protagonismo creciente de la participación ciudadana es el compromiso, cada vez más extendido, de
las administraciones públicas en la búsqueda del buen gobierno entendido como la garantía del ejercicio del interés general.
En esta adaptación del ejercicio del gobierno a los intereses comunes, muchas veces difusos, de la sociedad, los municipios
son el ámbito que más ha desarrollado las políticas de participación ciudadana.
Para alcanzar este fin, las administraciones públicas necesitan conocer la opinión de los ciudadanos y las ciudadanas sobre
los asuntos de su competencia y así tratar de responder de un modo adecuado a las aspiraciones sociales. Pero no solo se
trata de conocer una opinión estática de la ciudadanía, sino de interactuar desde la Administración Pública, de un modo
sostenido, con la ciudadanía en general y los expertos y expertas locales en particular, enriqueciendo de este modo el punto
de partida de las opiniones tanto de la ciudadanía como de la propia Administración Pública Local en sus 2 dimensiones técnica y política-.
Durante los últimos años hay una proliferación de estudios procedentes de las diferentes áreas de las ciencias sociales
sobre la importancia de la transparencia por su contribución potencial al desarrollo de la democracia, que precisa
imperiosamente una ciudadanía bien informada capaz de evaluar la acción del gobierno, en este caso local. La transparencia
se está convirtiendo en un valor esencial de la vida política. Las directivas europeas vienen trabajando los principios de la
transparencia en la gestión pública de un modo continuado, apostando por la información veraz, ágil y accesible. En la
misma línea, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno supone
un impulso a los ejes de "publicidad activa", "derecho de acceso a la información" y "buen gobierno".
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