Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (06405/2025)
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el año 2025
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Área de Igualdad

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Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
Los gastos de procedimientos judiciales.
Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni
los impuestos personales sobre la renta.
g) En general, aquellos que no sean susceptibles de financiación de acuerdo con lo previsto en
la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, el Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
de Badajoz.

Base 6: Criterios de adjudicación.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 3, hayan obtenido una
mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, y siempre teniendo como límite la cuantía
total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por proyecto.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva
si no mediara renuncia expresa.
La asignación de subvenciones de concurrencia competitiva se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad.
La puntuación máxima a alcanzar será de 170 puntos, y no se subvencionarán los proyectos que obtengan una valoración
inferior a 85 puntos. Las propuestas se evaluarán atendiendo a los siguientes criterios:
1.- Entidad solicitante: Máximo 40 puntos.
a) Relación y experiencia de la entidad en el ámbito de la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres. Experiencia acreditada a partir de la antigüedad de los objetivos de
igualdad en los Estatutos. Hasta 15 puntos.
Hasta 1 año: 1 punto.
Más de 1 y hasta 3 años: 5 puntos.
Más de 3 y hasta 7 años: 10 puntos.
Más de 7 años: 15 puntos.
b) Especialización. Se valorarán las actividades realizadas en los últimos cinco años por la
entidad que hayan estado destinadas a conseguir alguno de los objetivos de igualdad fijados en
la base 1 de esta convocatoria. Las actividades podrán haber sido realizadas por la propia
entidad solicitante y/o en colaboración o coordinación con otras entidades o instituciones
públicas o privadas en la provincia de Badajoz: Hasta 15 puntos.
De 1 a 4 actividades: 3 puntos.
De 5 a 6 actividades: 5 puntos.
De 7 a 10 actividades: 10 puntos.
Más de 10 actividades: 15 puntos.
c) Aportación económica de la entidad al proyecto. Se tendrá en cuenta el porcentaje
correspondiente a la aportación de la entidad respecto de la cantidad total de financiación del
proyecto (incluyendo importe a subvencionar, aportación propia y aportaciones de otras
administraciones). Hasta 10 puntos.
Aportación menor del 1%: 0 puntos.
Aportación del 1 al 5%: 2,5 puntos.
Más del 5% y hasta el 10%: 5 puntos.
Más del 10%: 10 puntos.
2- Proyecto: Máximo 130 puntos.
a) Ámbito territorial. Hasta 15 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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