Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (06404/2025)
Resolución de la convocatoria de los IV Premios "Nuestra Provincia, por la Igualdad" de la Diputación de Badajoz correspondientes al año 2024
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Área de Igualdad
Anuncio 6404/2024
Nacional de Subvenciones (BDNS"):
N.º
0030
Entidad
Ayuntamiento de Monesterio
CIF
P0608500E
• Por no subsanar en el plazo concedido para completar su propuesta, por lo que se entiende que desisten de
participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la base 4.ª de la convocatoria:
N.º
0009
Entidad
Ayuntamiento de Higuera de Vargas
CIF
P0606600E
Segundo.- Han sido desestimadas las solicitudes que seguidamente se indican.
• Por ser presentadas por persona física (pues, de acuerdo con lo dispuesto en la base sexta de la
convocatoria solo "podrán ser presentadas por los ayuntamientos, mancomunidades, entidades locales
menores y oficinas de igualdad de la provincia de Badajoz, así como por cualquier otra entidad pública o
privada, siempre que tenga su sede social principal en la provincia de Badajoz, en el modelo que figura como
anexo I de esta convocatoria, de conformidad con las normas que regulen su propio funcionamiento"):
N.º
0012
Entidad
María Belén Suárez Lantarón
CIF
***592***
• Por postularse a sí mismas (pues, de acuerdo con lo dispuesto en la base sexta de la convocatoria "Las
Administraciones y entidades proponentes no podrán postularse a sí mismas para ninguno de los Premios, ni
a aquellas personas en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público"):
N.º
Entidad
CIF
0024
IES Extremadura
S0600124B
0025
Asociación Social y Cultural OZANAM
G06029565
0026
Asociación Princesa Rett
G06641591
0028
Asociación Cultural Sambrona
G06591317
Tercero.- De conformidad con lo previsto en la base octava de la convocatoria se modifica la modalidad de
participación en que fueron incluidas las candidaturas que seguidamente se indican.
• La presentada por el Ayuntamiento de Mérida en favor de Pilar Vizcaíno Balsera para la "Categoría VI:
Premio Charo Cordero", en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada dentro
de la "Categoría V: Pionera de la provincia" en razón a lo dispuesto en relación con la misma en la base
segunda de la convocatoria y ya que no se señalan actividades específicas en el año 2024, objeto principal de
la categoría VI.
• Las presentadas por el Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros y la Mancomunidad de Municipios Rio
Bodión en favor de la Asociación de Mujeres Progresistas Ágora para la "Categoría VI: Premio Charo Cordero",
en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada dentro de la "Categoría II:
Entidades sin ánimo de lucro" en razón a lo dispuesto en relación con la misma en la base segunda de la
convocatoria y ya que no se señalan actividades específicas en el año 2024, objeto principal de la categoría VI.
• La presentada por el Ayuntamiento de Mérida en favor del IES Santa Eulalia para la "Categoría I: Instituciones
públicas o centros públicos", en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada
dentro de la "Categoría VI: Premio "Charo Cordero", ya que se subraya especialmente actividades realizadas
en el año 2024, objeto principal de esta categoría.
Cuarto.- Conceder los IV Premios "Nuestra Provincia, Por la Igualdad", a las siguientes candidaturas y en las
siguientes modalidades:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Nacional de Subvenciones (BDNS"):
N.º
0030
Entidad
Ayuntamiento de Monesterio
CIF
P0608500E
• Por no subsanar en el plazo concedido para completar su propuesta, por lo que se entiende que desisten de
participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la base 4.ª de la convocatoria:
N.º
0009
Entidad
Ayuntamiento de Higuera de Vargas
CIF
P0606600E
Segundo.- Han sido desestimadas las solicitudes que seguidamente se indican.
• Por ser presentadas por persona física (pues, de acuerdo con lo dispuesto en la base sexta de la
convocatoria solo "podrán ser presentadas por los ayuntamientos, mancomunidades, entidades locales
menores y oficinas de igualdad de la provincia de Badajoz, así como por cualquier otra entidad pública o
privada, siempre que tenga su sede social principal en la provincia de Badajoz, en el modelo que figura como
anexo I de esta convocatoria, de conformidad con las normas que regulen su propio funcionamiento"):
N.º
0012
Entidad
María Belén Suárez Lantarón
CIF
***592***
• Por postularse a sí mismas (pues, de acuerdo con lo dispuesto en la base sexta de la convocatoria "Las
Administraciones y entidades proponentes no podrán postularse a sí mismas para ninguno de los Premios, ni
a aquellas personas en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público"):
N.º
Entidad
CIF
0024
IES Extremadura
S0600124B
0025
Asociación Social y Cultural OZANAM
G06029565
0026
Asociación Princesa Rett
G06641591
0028
Asociación Cultural Sambrona
G06591317
Tercero.- De conformidad con lo previsto en la base octava de la convocatoria se modifica la modalidad de
participación en que fueron incluidas las candidaturas que seguidamente se indican.
• La presentada por el Ayuntamiento de Mérida en favor de Pilar Vizcaíno Balsera para la "Categoría VI:
Premio Charo Cordero", en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada dentro
de la "Categoría V: Pionera de la provincia" en razón a lo dispuesto en relación con la misma en la base
segunda de la convocatoria y ya que no se señalan actividades específicas en el año 2024, objeto principal de
la categoría VI.
• Las presentadas por el Ayuntamiento de Calzadilla de los Barros y la Mancomunidad de Municipios Rio
Bodión en favor de la Asociación de Mujeres Progresistas Ágora para la "Categoría VI: Premio Charo Cordero",
en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada dentro de la "Categoría II:
Entidades sin ánimo de lucro" en razón a lo dispuesto en relación con la misma en la base segunda de la
convocatoria y ya que no se señalan actividades específicas en el año 2024, objeto principal de la categoría VI.
• La presentada por el Ayuntamiento de Mérida en favor del IES Santa Eulalia para la "Categoría I: Instituciones
públicas o centros públicos", en consideración a que resulta más adecuado que la propuesta sea valorada
dentro de la "Categoría VI: Premio "Charo Cordero", ya que se subraya especialmente actividades realizadas
en el año 2024, objeto principal de esta categoría.
Cuarto.- Conceder los IV Premios "Nuestra Provincia, Por la Igualdad", a las siguientes candidaturas y en las
siguientes modalidades:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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