Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (06332/2024)
Plan estratégico de subvenciones 2025
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio

Anuncio 6332/2024

Convocatoria ordinaria, en el cual la presentación de solicitudes y concesión se sujetan a un plazo
determinado.
c) Concesión directa por venir previstos nominativamente en los presupuestos para Diputación de 2025 o en
modificaciones posteriores.
d) Concesión directa de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
e) Otros instrumentos de fomento: Planes provinciales especiales, que se llevarán a cabo a través de los
correspondientes procedimientos de concesión, conforme a la base 34 de ejecución de presupuesto para
2025 de la Diputación de Badajoz.
Se incluye como anexo I al propio Plan un resumen por instrumentos de concesión por áreas, lo que permite establecer que
la actividad subvencional de la Diputación Provincial de Badajoz se desarrolla principalmente a través de concurrencia,
competitiva y no competitiva, que representan más del 80% de los instrumentos de concesión del Plan.
Cláusula sexta.- Beneficiarios.
La Diputación Provincial de Badajoz concederá subvenciones a favor de personas o entidades públicas o privadas, con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de
fines públicos atribuidos por la normativa de régimen local y del resto del ordenamiento jurídico a las diputaciones
provinciales.
Cláusula séptima.- Naturaleza jurídica del Plan estratégico de subvenciones.
El Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz tiene carácter programático y su contenido no
generará derecho alguno en favor de las potenciales entidades y/o personas beneficiarias, quedando su efectividad
condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Cláusula octava.- Control y evaluación del Plan.
El control y seguimiento del presente Plan estratégico de subvenciones se realizará de forma anual, en 2 aspectos.
– Control económico-financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado a la Intervención
General de la Diputación Provincial de Badajoz, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación
vigente.
– Control y seguimiento del Plan, que será realizado por la Dirección del Área de Economía, Compras y
Patrimonio, para lo cual por parte de cada uno de los servicios y entidades gestoras de subvenciones, se
procederá a la evaluación del Plan estratégico con el siguiente contenido:
* Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones tramitadas
analizadas por procedimientos de concesión.
* El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución.
* Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada.
* Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.
* Conclusiones o valoración global.
Para la evaluación del Plan se tendrán en cuenta los siguientes indicadores:
* Número de solicitantes anuales.
* Número de concesiones anuales.
* Porcentaje de subvenciones concedidas sobre las solicitadas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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