Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06169/2024)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2025 y documentación anexa
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio

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4. Las obligaciones procedentes de las liquidaciones de compra directa de la energía eléctrica, correspondientes al último
trimestre del ejercicio anterior.
Base 17.ª.- Fases de la gestión del presupuesto de gastos.
1. La gestión de los presupuestos de gastos de la Entidad y los organismos autónomos de ella dependientes, se realizará a
través de las siguientes fases:
a) Autorización del gasto.
b) Disposición o compromiso del gasto.
c) Reconocimiento y liquidación de la obligación.
d) Ordenación del pago.
2. No obstante, atendiendo a criterios de economía, agilidad administrativa y la naturaleza de los gastos se establece la
acumulación de varias fases de ejecución del presupuesto en un solo acto administrativo, produciendo, el acto
administrativo que las acumule, los mismos efectos que si se acordaren en actos administrativos separados. Pueden darse,
exclusivamente, los siguientes supuestos:
a) Autorización-Disposición.
b) Autorización-Disposición-Reconocimiento de Obligación.
En este caso, el Órgano o Autoridad que adopte el acuerdo, deberá tener competencia para acordar todas y cada una de las
fases que en aquel se incluyan.
Podrán acumularse en un solo acto, AD o ADO, según el acto y en particular:
1. Los que se efectúen a través de "Anticipo de caja fija" y a los de "A justificar"
2. Los de retribuciones de los miembros de la Corporación y del personal de toda clase, así como dietas, gastos de
locomoción, e indemnizaciones asistenciales, y en especial en lo referente a las gratificaciones u horas extras del
personal, cuya fiscalización podrá realizarse de manera acumulada en la fase.
3. Intereses, recargos y otros gastos financieros.
4. Los gastos derivados de ejecución de sentencias firmes.
5. Anticipos reintegrables a funcionarios.
6. Cargas por servicios del Estado, y gastos que vengan impuestos por la legislación estatal o autonómica.
7. Alquileres, primas de seguros contratados y atenciones fijas en general, cuando su abono sea consecuencia de
contrato debidamente aprobado.
8. Operaciones que procedan por la tramitación de expedientes de regularización de conceptos no presupuestarios, así
como las operaciones en formalización derivadas de la contabilización de los pagos por nóminas, seguros sociales y
otros conceptos retributivos.
9. Cuotas Seguridad Social, mejoras graciables y demás atenciones de asistencia social y personal, así como el pago de
liquidaciones por reclamaciones de deudas con la Seguridad Social.
10. Gastos derivados de comisiones de servicios.
11. Precios públicos, contribuciones especiales, tasas locales, autonómicas o nacionales.
12. Expropiaciones.
13. En general, la adquisición de bienes concretos y demás gastos no sujetos a procedimiento de contratación ni a
fiscalización previa, tales como:
14. Alimentos de la Residencia Hernán Cortés que se hayan quedado desiertos en el concurso correspondiente.
15. Suministros de energía o combustible que por razones justificadas hayan quedado fuera del concurso
correspondiente.
16. Gastos de atenciones protocolarias referentes a comidas no vinculados a gastos de formación, y que no sean
predecibles, sin perjuicio de la justificación que los mismos requieren.
17. Gastos originados por inscripciones en registros públicos tales como los derivados de registradores de la propiedad,
notaría, registro de propiedad…siempre que los mismos no sean atendidos por caja fija.
18. Otros gastos que por su naturaleza no puedan ser previsibles ni solicitados con anterioridad, como multas de
tráfico…..sin perjuicio de la responsabilidad que de dichos gastos se derive.
19. Otros gastos que pueden llevar fases de ejecución acumuladas:
20. Convenios de colaboración.
21. Subvenciones directas y nominativas.
22. Subvenciones derivadas de planes especiales u otros instrumentos de colaboración.
23. Aprobación de plantilla presupuestaria.
24. Aportaciones a entidades del grupo u otras entidades participadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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