Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06303/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Usos

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Valor catastral a partir del cual se aplicará un tipo de gravamen diferenciado
(euros)

Tipo de gravamen
diferenciado

Almacén

20.000,00

1,10%

Comercio

148.015,12

1,10%

Enseñanza

1.722.339,24

1,10%

Hotel/cafetería

1.829.464,90

1,10%

Industria

129.615,25

1,10%

Oficina

141.222,16

1,10%

Religioso

425.085,87

1,10%

Sanidad

1.197.484,29

1,10%

Deportes

4.812.638,84

1,10%

b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,80 por 100.
c) Bienes inmuebles de características especiales: 1,30 por 100".

Debe decir:

"Artículo 9. Cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo.
1. La cuota íntegra de este Impuesto será el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de
gravamen a que se refiere el apartado 3 siguiente.
El Ayuntamiento podrá agrupar en un único documento de cobro todas las cuotas relativas a
un mismo sujeto pasivo cuando se trate de bienes rústicos situados en el municipio de la
imposición.
2. La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones
previstas en el artículo siguiente.
3. Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana:
1. Tipo de gravamen general: 0,70 por 100.
2. No obstante, se establecen tipos diferenciados para los bienes
inmuebles de naturaleza urbana, excluidos los de uso residencial,
que superen, atendiendo a los usos establecidos en la normativa
catastral para la valoración de las construcciones, el valor catastral
que para cada uno de los usos se recoge en el siguiente cuadro, a
partir del cual serán de aplicación los tipos diferenciados:

Usos
Comercio

Valor catastral a partir del cual se aplicará un tipo de
gravamen diferenciado (euros)

Tipo de gravamen diferenciado

148.015,12

1,10%

1.829.464,90

1,10%

Industria

129.615,25

1,10%

Oficina

141.222,16

1,10%

Hotel/cafetería

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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