Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Dirección General de Industria, Energía y Minas. Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (Badajoz). (05026/2024)
Resolución por el que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU
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Dirección General de Industria, Energía y Minas

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pronunciamientos e informes emitidos por las administraciones públicas y empresas de
servicio público o de interés general.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la misma posee
la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y
transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad
reglamentaria y, en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos
procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, según lo dispuesto en el decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE número 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas
atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales
recogidas en el decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE número 145, de 28 de julio), y en el decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el citado decreto 77/2023 (DOE Extraordinario número 3, de
16 de septiembre), siendo competencia de este Servicio la resolución del procedimiento, conforme a lo
dispuesto en el decreto 221/2012, de 9 de noviembre (DOE número 221, de 15 de noviembre).
Segundo.- La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en
funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía
eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la
Ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los
trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción
del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos
obrantes en el mismo emitidos por otras administraciones públicas, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente, en la que se solventarán las problemáticas
o discrepancias surgidas con motivo de las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el
procedimiento que no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso se han presentado alegaciones, así como condicionados por administraciones públicas o entidades
afectadas, siendo aceptados en su totalidad por la Empresa.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y
considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes
al proyecto denominado "nueva LMT, de 20 kV, de cierre entre la LAMT-4218-14 "Coronada Pueblo" de la STR "La Coronada"
y la LAMT-4879-06 "Orellana" de la STR "Villanueva", en los TT.MM. de Campanario y Castuera", cuyos datos esenciales son
los indicados seguidamente:
LÍNEA ELÉCTRICA AT:
Tramo aéreo:
Origen: Nuevo apoyo A1 a instalar bajo la LAMT-4218-14 "Coronada Pueblo" de la STR "La Coronada", que
sustituye al actual apoyo 2079 de la misma.
Final: Nuevo apoyo A68 a instalar, junto al Poblado del Zújar.
Tipo de línea: Aérea simple circuito.
Conductores: 117-AL3-CCX-110D de aluminio con cubierta// RVHS 12/20 kV 3x150 K Al + H16/50 Ac de
aluminio aislado en haz.

Tramo subterráneo:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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