Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06192/2024)
Resolución de concesión de subvenciones del Plan "Impulsa ODS" destinado a financiar inversiones en ejecución de obras y equipamientos a los municipios menores de veinte mil habitantes y entidades locales menores de la provincia de Badajoz
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 6192/2024
(6.646.003,66 euros) y 340/94310/76807/1100 para las entidades locales menores (313.996,34 euros), una vez que el Pleno
de la Diputación Provincial, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2024, aprobó la rectificación de la memoria
justificativa del expediente de modificación presupuestaria de créditos extraordinarios número 65/2024 para el Plan Impulsa
ODS.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
3. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
4. Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
7. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
8. Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
9. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
10. Base de ejecución número 42 del presupuesto de la Diputación de Badajoz.
11. Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su Reglamento y demás disposiciones.
12. Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
15. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y Garantía de los derechos
digitales.
16. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Por todo lo anterior, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local, y demás normativa de aplicación.
RESUELVO:
Primero: Conceder una subvención a las entidades que se relacionan en el anexo I, por los importes establecidos en el
mismo, todo ello conforme a la forma y en los términos establecidos en la base 10 de la convocatoria, quedando eximidas
las entidades locales beneficiarias de la constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra garantía financiera.
Segundo: Dar traslado de la presente resolución al resto de áreas y/o servicios afectados para que adopten las medidas
necesarias en orden a la ejecución de este acuerdo.
Tercero: Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo
45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además de publicarse en la
Web de la Diputación de Badajoz conforme a lo estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Cuarto: De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación Provincial, en la siguiente sesión plenaria ordinaria, a
efectos de conocimiento, y en cumplimiento a lo determinado en el artículo 64 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 10
Anuncio 6192/2024
(6.646.003,66 euros) y 340/94310/76807/1100 para las entidades locales menores (313.996,34 euros), una vez que el Pleno
de la Diputación Provincial, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2024, aprobó la rectificación de la memoria
justificativa del expediente de modificación presupuestaria de créditos extraordinarios número 65/2024 para el Plan Impulsa
ODS.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
3. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
4. Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
7. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
8. Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
9. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
10. Base de ejecución número 42 del presupuesto de la Diputación de Badajoz.
11. Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su Reglamento y demás disposiciones.
12. Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
15. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y Garantía de los derechos
digitales.
16. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Por todo lo anterior, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local, y demás normativa de aplicación.
RESUELVO:
Primero: Conceder una subvención a las entidades que se relacionan en el anexo I, por los importes establecidos en el
mismo, todo ello conforme a la forma y en los términos establecidos en la base 10 de la convocatoria, quedando eximidas
las entidades locales beneficiarias de la constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra garantía financiera.
Segundo: Dar traslado de la presente resolución al resto de áreas y/o servicios afectados para que adopten las medidas
necesarias en orden a la ejecución de este acuerdo.
Tercero: Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo establecido en el artículo
45 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además de publicarse en la
Web de la Diputación de Badajoz conforme a lo estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Cuarto: De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación Provincial, en la siguiente sesión plenaria ordinaria, a
efectos de conocimiento, y en cumplimiento a lo determinado en el artículo 64 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 10