Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06192/2024)
Resolución de concesión de subvenciones del Plan "Impulsa ODS" destinado a financiar inversiones en ejecución de obras y equipamientos a los municipios menores de veinte mil habitantes y entidades locales menores de la provincia de Badajoz
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

Anuncio 6192/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Badajoz
Anuncio 6192/2024
Resolución de concesión de subvenciones del Plan "Impulsa ODS" destinado a financiar inversiones en ejecución de
obras y equipamientos a los municipios menores de veinte mil habitantes y entidades locales menores de la provincia
de Badajoz

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PLAN "IMPULSA ODS" PARA FINANCIAR ACTUACIONES RELATIVAS A
INVERSIONES EN EJECUCIÓN DE OBRAS Y EQUIPAMIENTOS A LOS MUNICIPIOS MENORES DE VEINTE MIL HABITANTES Y
ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
ANTECEDENTES
Primero.- Mediante decreto de 12 de noviembre de 2024 (anuncio 5521/2024 del Boletín Oficial de la Provincia número 219
de fecha 13 de noviembre de 2024), se aprobaron las bases reguladoras para la convocatoria del Plan Impulsa ODS
destinado a subvencionar actuaciones relativas a inversiones en ejecución de obras y equipamientos a los municipios
menores de 20.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Badajoz.
En la actualidad, todas las políticas públicas, programas y proyectos realizados por la Diputación de Badajoz están alineados
con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como su presupuesto anual. En este sentido, las inversiones y actuaciones
derivadas de los planes de infraestructuras se encuentran asimismo vinculadas a los ODS. Todo este proceso comienza a
dar sus frutos de tal manera que en la actualidad, a través del observatorio de la Agenda 2030 provincial, en la que se está
trabajando desde el Smart Provincia, van a poder visualizarse los avances en los compromisos definidos por los indicadores
de cada uno de los ODS en el conjunto de la provincia y en cada uno de los municipios que se incorpore a esta nueva
metodología de vincular sus políticas y su presupuesto a esta definición de Desarrollo Sostenible.
El Plan Provincial "Impulsa ODS", forma parte de la II Estrategia de Desarrollo Sostenible de la provincia de Badajoz dado que
el mismo constituye un pilar básico de las políticas públicas de esta Diputación Provincial, ya que contribuye decisivamente a
garantizar la prestación de servicios públicos básicos a los municipios, la vertebración territorial, la lucha contra la
despoblación y la cohesión social con el objetivo de afrontar la recuperación y la transformación de nuestros municipios,
poniendo con ello en valor tanto el cumplimiento de la Agenda 2030 como de la Agenda Urbana Española.
El equipo de gobierno de esta institución, consciente de la relevancia y trascendencia de ejecutar inversiones en los
municipios de nuestra provincia en la línea de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, impulsa la creación de este nuevo Plan
"Impulsa ODS" que viene a complementar las actuaciones ordinarias que llevamos a cabo a través de otros planes como
"planes provinciales de carretera", "Diputación Contigo" o "Dinamiza", entre otros, dotándolo en este ejercicio 2024 con siete
millones de euros, trasladando de esta forma, el inquebrantable compromiso de esta institución con todas las entidades
locales de la provincia.
Segundo.- De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la cuantía total
máxima de la aportación provincial del Plan asciende a 7.000.000,00 euros (siete millones de euros), debiendo las entidades
realizar igualmente aportaciones en concepto de corresponsabilidad, y permitiéndose, conforme a lo establecido en la base
11 de la convocatoria, que los gastos subvencionables sean compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad,
teniendo en cuenta que el importe de la misma en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Transcurrido el plazo de 10 días hábiles para la presentación de las solicitudes a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y conforme a lo establecido en la base 10 de
la convocatoria de subvenciones, se ha procedido por el órgano instructor a analizar las 173 solicitudes presentadas,
verificándose al final de dicho proceso el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario de la subvención según lo establecido en la base 6.
Cuarto.- Constituida la Comisión de Valoración de la convocatoria, y reunida en fecha 16 de diciembre de 2024, se eleva a la
misma el informe realizado por el órgano instructor, emitiéndose el informe de resultados de dicha Comisión en la misma
fecha.
Quinto.- Conforme a las solicitudes remitidas, los importes a subvencionar por la Diputación de Badajoz ascienden a un total
de 6.960.000,00 de euros consignados en las aplicaciones presupuestarias 340/94210/76207/1100 para municipios
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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