Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Escuela de Formación Local e Innovación (Badajoz). (06168/2024)
Bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Albañil-Oficial de Obras, como personal laboral fijo, mediante sistema de concurso-oposición libre
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
Anuncio 6168/2024
resultado del sorteo público que ha de determinar el orden de actuación y prelación de los/as aspirantes/as en las pruebas
selectivas que se convoquen durante el año 2024, según recoge el DOE número 80 de fecha 25 de abril de 2024,
comenzando por los aspirantes que su primer apellido comience por la letra "S", que estará vigente hasta la publicación del
resultado del siguiente sorteo anual.
6.2.- Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador a través
de los medios que estime oportunos. No se podrá acceder a las instalaciones donde se realicen las pruebas con el material
referenciado, so pena de expulsión directa.
6.3.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán
públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica, no se notificará individualmente a los
aspirantes.
6.4.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por el Tribunal discrecionalmente. En supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido
su presentación en el momento previsto, por motivo debidamente justificado y así apreciado por el Tribunal, se podrá
examinar a las personas aspirantes afectadas por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente ningún opositor, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio
para el interés general o de terceros.
6.5.- La no presentación de un aspirante sin justificación previa, a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando
excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo consistirá en una fase de oposición y una fase de concurso. La fase de oposición consistirá en dos
ejercicios y la fase de concurso solamente se valorará, a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de
oposición.
7.1.- Fase de oposición (hasta un máximo de 20 puntos). Constará de dos pruebas o ejercicios independientes y
eliminatorios entre sí. El temario está recogido en el anexo III de la presente convocatoria. La normativa que expresamente
se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el
Tribunal de Selección, la normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Primer ejercicio (10 puntos máximo): Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
setenta y cinco minutos un cuestionario de 50 preguntas y 10 preguntas adicionales de reserva por orden
correlativo, con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Estas
preguntas versarán sobre todo el temario, siendo un mínimo de 10 y un máximo de 20 preguntas sobre el
temario común y un mínimo de 30 y un máximo de 40 preguntas sobre el temario específico.
Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas. Siendo imprescindible una puntuación final de cinco puntos para
superar este ejercicio y pasar al siguiente.
Los aspirantes señalarán en las hojas de examen las opciones de respuesta que estimen válidas, de acuerdo
con las instrucciones que se faciliten.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas correctas y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación del anuncio de plantilla provisional en la sede electrónica apartado "tablón de anuncios".
Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Práctico, consistirá en la resolución de un ejercicio o prueba práctica, a
determinar por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias específicas del temario anexo, en el
plazo que se indique, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza
objeto de la convocatoria. La valoración del ejercicio o prueba práctica será calificada sobre 10 puntos,
debiendo alcanzarse como mínimo cinco puntos para que se considere aprobado.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de
aspectos prácticos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la
media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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selectivas que se convoquen durante el año 2024, según recoge el DOE número 80 de fecha 25 de abril de 2024,
comenzando por los aspirantes que su primer apellido comience por la letra "S", que estará vigente hasta la publicación del
resultado del siguiente sorteo anual.
6.2.- Los aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador a través
de los medios que estime oportunos. No se podrá acceder a las instalaciones donde se realicen las pruebas con el material
referenciado, so pena de expulsión directa.
6.3.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán
públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica, no se notificará individualmente a los
aspirantes.
6.4.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por el Tribunal discrecionalmente. En supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido
su presentación en el momento previsto, por motivo debidamente justificado y así apreciado por el Tribunal, se podrá
examinar a las personas aspirantes afectadas por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente ningún opositor, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio
para el interés general o de terceros.
6.5.- La no presentación de un aspirante sin justificación previa, a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando
excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo consistirá en una fase de oposición y una fase de concurso. La fase de oposición consistirá en dos
ejercicios y la fase de concurso solamente se valorará, a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de
oposición.
7.1.- Fase de oposición (hasta un máximo de 20 puntos). Constará de dos pruebas o ejercicios independientes y
eliminatorios entre sí. El temario está recogido en el anexo III de la presente convocatoria. La normativa que expresamente
se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el
Tribunal de Selección, la normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Primer ejercicio (10 puntos máximo): Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
setenta y cinco minutos un cuestionario de 50 preguntas y 10 preguntas adicionales de reserva por orden
correlativo, con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas será la correcta. Estas
preguntas versarán sobre todo el temario, siendo un mínimo de 10 y un máximo de 20 preguntas sobre el
temario común y un mínimo de 30 y un máximo de 40 preguntas sobre el temario específico.
Cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05, no puntuando ni
penalizando las preguntas no contestadas. Siendo imprescindible una puntuación final de cinco puntos para
superar este ejercicio y pasar al siguiente.
Los aspirantes señalarán en las hojas de examen las opciones de respuesta que estimen válidas, de acuerdo
con las instrucciones que se faciliten.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas correctas y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación del anuncio de plantilla provisional en la sede electrónica apartado "tablón de anuncios".
Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Práctico, consistirá en la resolución de un ejercicio o prueba práctica, a
determinar por el Tribunal Calificador, relacionados con las materias específicas del temario anexo, en el
plazo que se indique, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en referencia a la plaza
objeto de la convocatoria. La valoración del ejercicio o prueba práctica será calificada sobre 10 puntos,
debiendo alcanzarse como mínimo cinco puntos para que se considere aprobado.
En el segundo ejercicio, los errores, omisiones, imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de
aspectos prácticos relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la
media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las
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