Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05964/2024)
Extracto de las bases de subvenciones destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz, que desarrollen proyectos de cooperación internacional al desarrollo en el ejercicio 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Badajoz
Anuncio 5964/2024
Extracto de las bases de subvenciones destinadas a ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro con sede o
delegación permanente en la provincia de Badajoz, que desarrollen proyectos de cooperación internacional al
desarrollo en el ejercicio 2025

EXTRACTO DE LAS BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ, DESTINADAS A ONGD Y OTRAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO CON SEDE O DELEGACIÓN PERMANENTE EN
LA PROVINCIA DE BADAJOZ, QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO DURANTE
EL EJERCICIO ECONÓMICO 2025
BDNS (identif.): 801025
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/801025).
Primero.- Objeto.
A través de estas bases, la Diputación de Badajoz establece las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de
subvenciones y de los planes estratégicos de subvenciones de esta Corporación para regular el acceso a subvenciones
públicas, en régimen de concurrencia competitiva a las ONGD y otras asociaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la
ejecución de proyectos de cooperación internacional durante todo el ejercicio económico 2025.
Segundo.- Beneficiarios.
Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y otras entidades sin ánimo de lucro solicitantes que deseen concurrir
a la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad jurídica y de obrar en España, y tener su sede y/o delegación permanente en la provincia
de Badajoz y que dicha sede se encuentre contemplada en sus estatutos o acreditada mediante certificación
expedida a tal efecto. Se entenderá por delegación permanente aquella que se encuentre en la provincia de
manera constante con personal de la organización voluntario o contratado.
b) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de la Junta
de Extremadura o en Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el desarrollo, a fecha de publicación de esta convocatoria.
c) Carecer de fines de lucro.
d) De acuerdo con sus estatutos, tener entre sus fines la realización de actividades relacionadas con la
cooperación internacional al desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
e) En caso de estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones anteriores, hallarse al corriente de
pago de las obligaciones de reintegro derivadas del mismo. Se considerará que los beneficiarios se
encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas
con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en período ejecutivo.
Asimismo, se considerará que los beneficiarios y entidades colaboradoras se encuentran al corriente en el
pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se
hubiera acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de
reintegro.
f) Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y la Diputación Provincial, y
con las obligaciones para con la Seguridad Social, y no estar incurso en prohibición para ser beneficiarios de
subvenciones.
No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades que se encuentren en alguno de los supuestos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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