Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05999/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia, que desarrollen programas de cooperación internacional durante el año 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 5999/2024
No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: reintegro total.
Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
o No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del
mismo en la proporción que la subvención suponga sobre el coste total del proyecto.
o Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización
de modelos normalizados, no presentación de los indicadores especificados en la base 12 o
ausencia de alguna firma preceptiva: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
o Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
o No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
o Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
o No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro
parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no realizadas, en su caso, motivado por el centro
gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa,
documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo
para realizar el mismo: reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
No cumplir con el compromiso de cofinanciación tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido y no aportado calculado proporcionalmente respecto de la subvención concedida.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 5% del importe de la
subvención concedida.
DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA
No obstante lo anterior, el artículo 90) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones posibilita a la entidad beneficiaria
a devolver con carácter voluntario, sin previo requerimiento de esa Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya sea el
importe total de la subvención o una parte de esta, según la situación del expediente.
Por ello, se deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente al principal, efectuada
a favor de la cuenta de esta Diputación:
Caja Rural de Extremadura ES03 3009 0001 2025 45504629
Esta opción voluntaria eximirá de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones o ayudas a conceder por esa Diputación. Asimismo se estará a lo dispuesto en la disposición adicional tercera
del a Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, en relación a la no
exigencia de intereses de demora.
El trámite para la presentación acreditativa de la devolución de los remanentes no aplicados o cantidades a reintegrar, se
encuentra disponible en la sede electrónica-trámites por delegaciones: Políticas Sociales y Cooperación Internacional al
Desarrollo.
Base 14. Protección de datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No justificación, con/sin solicitud de prórroga y tras requerimiento administrativo: reintegro total.
Justificación defectuosa, tras requerimiento de subsanación:
o No comunicación de otros ingresos o subvenciones: Si se deduce sobrecoste, reintegro del
mismo en la proporción que la subvención suponga sobre el coste total del proyecto.
o Ausencia de algún anexo o documento no relativo a la justificación económica, no utilización
de modelos normalizados, no presentación de los indicadores especificados en la base 12 o
ausencia de alguna firma preceptiva: Reintegro parcial del 5% del importe concedido.
o Ausencia de relación certificada de obligaciones y pagos: Reintegro total.
o No reintegro del sobrante: Reintegro del importe.
o Importe justificado insuficiente: Reintegro de lo no justificado.
o No acreditación de pago: Reintegro de lo no acreditado.
RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES:
Realización de otra actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro total.
Realización parcial de la actividad, sin tramitación o resolución de concesión de cambio de actividad: Reintegro
parcial y proporcional a la subvención concedida por las actividades no realizadas, en su caso, motivado por el centro
gestor.
No cumplir con las obligaciones de publicidad y difusión de la colaboración u omisión de la imagen corporativa,
documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo
para realizar el mismo: reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
No cumplir con el compromiso de cofinanciación tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido y no aportado calculado proporcionalmente respecto de la subvención concedida.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro del 5% del importe de la
subvención concedida.
DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA
No obstante lo anterior, el artículo 90) del Reglamento de la Ley General de Subvenciones posibilita a la entidad beneficiaria
a devolver con carácter voluntario, sin previo requerimiento de esa Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya sea el
importe total de la subvención o una parte de esta, según la situación del expediente.
Por ello, se deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente al principal, efectuada
a favor de la cuenta de esta Diputación:
Caja Rural de Extremadura ES03 3009 0001 2025 45504629
Esta opción voluntaria eximirá de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones o ayudas a conceder por esa Diputación. Asimismo se estará a lo dispuesto en la disposición adicional tercera
del a Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, en relación a la no
exigencia de intereses de demora.
El trámite para la presentación acreditativa de la devolución de los remanentes no aplicados o cantidades a reintegrar, se
encuentra disponible en la sede electrónica-trámites por delegaciones: Políticas Sociales y Cooperación Internacional al
Desarrollo.
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